Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de noviembre de 2016 /

El Peruano

del 64%. Además, al proyectar el ingreso de expedientes de los cinco Juzgados de Familia permanentes del Callao al mes diciembre del presente año, este ascendería en promedio a 887 expedientes y considerando que la carga mínima para un Juzgado de dicha especialidad es de 962 expedientes, se evidenciaría una situación de subcarga procesal. Por otro lado, en la Corte Superior de Justicia de Piura se observa que el único Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Chulucanas, avocado a los procesos de la especialidad civil, familia y laboral de toda la Provincia de Morropón, registró al mes de agosto del presente año una carga procesal de 3,647 expedientes; y considerando que la carga máxima para un Juzgado Mixto es de 1,445 expedientes, se evidenciaría una situación de sobrecarga procesal, correspondiendo la mayor carga a la especialidad de familia con 2,632 expedientes, equivalente al 70% del total de la carga procesal, seguido de la especialidad civil con 590 expedientes, la especialidad laboral con 296 expedientes bajo el amparo de la Ley N° 26636 (LPT); y 129 expedientes correspondientes a procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales (PCALP). En tal sentido, a fin de optimizar el sistema de administración de justicia y siendo atendible lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, resulta conveniente reubicar el Juzgado de Familia Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao a la Corte Superior de Justicia de Piura como Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Chulucanas, con la misma competencia territorial del Juzgado Mixto Permanente de Chulucanas, debiendo modificarse la denominación de este órgano jurisdiccional permanente como Juzgado Civil debido a que no tramita procesos penales. b) Mediante Oficio N° 1115-2016-P-CSJMD/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios solicita que el Juzgado de Familia Transitorio de Tambopata se convierta en Juzgado Supraprovincial Especializado de Trata de Personas, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Madre de Dios, principalmente en las zonas mineras de La Pampa y Huepetuhe, por ser estas localidades donde existe una mayor incidencia de dicho delito. Al respecto, y de acuerdo a cifras difundidas por el Ministerio del Interior, durante el periodo de enero a junio del presente año, se reportaron 716 víctimas por trata de personas, siendo las mujeres las principales afectadas con el 97%; además, durante el referido periodo se registraron 162 denuncias a nivel nacional, de las cuales, el 60% corresponde a explotación sexual, 39% a explotación laboral y 1% a la trata por mendicidad, encontrándose el Departamento de Madre de Dios entre las zonas con mayor incidencia. Asimismo, el Distrito Judicial de Madre de Dios cuenta con tres Juzgados de Familia en la Provincia de Tambopata (2 permanentes y 1 transitorio), los cuales al mes de agosto del presente año resolvieron un total de 1,798 expedientes, registrando una carga pendiente de 919 expedientes, siendo el promedio de 306 expedientes por órgano jurisdiccional, razón por la cual, al no advertirse una situación de sobrecarga procesal en los órganos jurisdiccionales permanentes, no se justificaría prorrogar el funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de Tambopata, siendo factible su conversión a otra especialidad que se requiera en el Distrito Judicial de Madre de Dios. Por otro lado, los tres Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Tambopata (1 para delitos por flagrancia y 2 para procesos comunes) registraron al mes de agosto del presente año una carga procesal que en promedio fue de 580 expedientes por órgano jurisdiccional, cifra que al superar el estándar anual de producción de 220 expedientes, se advierte una situación de "Sobrecarga" procesal; por lo que en atención a lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, se considera viable que el Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Tambopata se convierta en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, y en adición de funciones, Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos

de Trata de Personas, con turno abierto y competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Madre de Dios. Cabe precisar que el Juzgado de Familia Transitorio de Tambopata, de convertirse en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Tambopata, en adición de funciones, Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Trata de Personas, funcionaría con el personal del Módulo Corporativo Penal de Tambopata, por lo que del Cuadro de Asignación de Personal de siete personas correspondiente al Juzgado de Familia Transitorio, una plaza correspondiente a la de juez y dos plazas de personal jurisdiccional podrían quedar en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; y las cuatro plazas restantes podrían quedar a disposición de la Gerencia General del Poder Judicial para su asignación a otra Corte Superior de Justicia que tenga déficit de personal. También, sería necesario que los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal de 2004 en las respectivas instancias tengan competencia supraprovincial para los delitos de trata de personas; por lo que se considera necesario que el 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata cambie su denominación a 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delito de Trata de Personas, el cual deberá culminar su carga procesal actual para después asumir a exclusividad el trámite de los procesos penales sobre trata de personas. De igual manera, teniendo en cuenta que la Sala Penal de Apelaciones Transitoria y el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Tambopata se han convertido en órganos jurisdiccionales permanentes, conforme a la Resolución Administrativa N° 273-2016-CEPJ, se considera necesario que en adición de funciones tengan competencia Supraprovincial para los delitos de trata de personas. c) La Provincia de Huaraz cuenta con cuatro juzgados de familia (2 juzgados permanentes y 2 transitorios); los cuales al mes de diciembre del presente año, registrarían un total de ingresos proyectados de 3,513 expedientes y considerando que la carga mínima para un juzgado de familia es de 1,066 expedientes, indicaría que requiere de tres órganos jurisdiccionales para atender dicha carga; además, mediante Resolución Administrativa N° 165-2016-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso ampliar la competencia material del 1° Juzgado de Familia Transitorio, Corte Superior de Justicia de Ancash, a fin que conozcan las denuncias de violencia en el marco de la Ley N° 30364. Sin embargo, de acuerdo a la información proporcionada por la Corte Superior de Justicia de Ancash a través del Oficio N° 3850-2016-P-CSJAN/PJ, el 1° Juzgado de Familia Transitorio de Huaraz cuenta con siete servidores jurisdiccionales, de los cuales seis de ellos laboran bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 a plazo indeterminado, lo cual constituye incumplimiento de lo establecido en el numeral 6.6, inciso d), de la Directiva Nº 013-2014-CE-PJ "Lineamientos Integrados y Actualizados para el funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial", la cual señala que: "El personal jurisdiccional de los órganos jurisdiccionales transitorios es personal contratado a plazo fijo que debe cumplir con el perfil académico y experiencia para desempeñar las funciones correspondientes en la plaza asignada, el cual, no puede ser reubicado para desempeñar funciones en un órgano jurisdiccional o administrativo diferente, siendo esto causal para que el órgano jurisdiccional transitorio sea reubicado a otro Distrito Judicial."; pese a que conforme al artículo 9° de la Resolución Administrativa N° 126-2016-CE-PJ de fecha 18 de mayo de 2016, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial exhortó a los Presidentes de las Cortes Superiores a que supervisen el cumplimiento de la mencionada disposición; Oficio Circular Nº 072-2015-GRHB-GG-PJ del Gerente de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, que informó a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, que se ha detectado que estas otorgan encargaturas a personal contratado a plazo indeterminado en plazas de los órganos jurisdiccionales transitorios, lo que contradice a la precitada norma,

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