Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2016 (22/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 22 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604827

POR TANTO: Mando se publique y cumpla, Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los cuatro Días del Mes de Julio del Año Dos Mil Dieciseís. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1455581-1

Declaran nulidad de oficio de la Ordenanza N° 015-2014-CR/GRM mediante la cual se aprobó la propuesta de Zonificación Económica y Ecológica del departamento de Moquegua
(Se publica la Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional Moquegua, mediante Oficio Nº 1671-2016-G/ GR.MOQ., recibido el 21 de noviembre de 2016) ORDENANZA REGIONAL Nº 12-2015-CR/GRM 29 de diciembre de 2015 VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Moquegua, de fecha 05 de Noviembre del año dos mil quince, el Dictamen presentado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que Aprueba declarar la Nulidad de Oficio de la Ordenanza Regional Nº 015-2014-CR/GRM, de fecha 29 de Diciembre del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Base de la Descentralización y con el Artículo 2º de la - Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales tiene autonomía económica, política y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 8º, numeral 8.1 de la Ley Nº 28611, establece la Política Nacional del Ambiente Constituye el conjunto de lineamiento, objetivos, estratégicos metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las actividades del Gobierno Nacional, Regional y Local y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental; Que, la Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, establece que de acuerdo a los procedimientos para la validación de los instrumentos técnicos sustentatorios que aprobó la Guía Metodológica para la elaboración de los instrumentos técnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial; Que, el Artículo 202º, numeral 202.2 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la Nulidad de Oficio solo puede ser declarada por el funcionario jerárquico superior al que expidió el acto que invalida. Si se trata de un acto emitido por una autoridad que no está sometido a subordinación jerárquica, la nulidad será declarada también por resolución del mismo funcionario; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2014-CR/ GRM, de fecha 29 de Diciembre del 2014, se aprueba la propuesta de Zonificación Económica y Ecológica (ZEE) del Departamento de Moquegua; Que, con Oficio Nº 65-2015-MINAM/VMDERN/DGOT, el Director General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente exhorta al Gobierno Regional de Moquegua a que deje sin efecto la Ordenanza Nº 0152014, que aprueba la propuesta de Zonificación Ecológica

y Económica (ZEE); por existir observaciones pendientes de subsanación, señaladas por el MINAM; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanza regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; así como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los Artículo 15º y 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión del Consejo Regional de Moquegua de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO LA ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2014-CR/GRM Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO LA ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2014-CR/ GRM, de fecha 29 de Diciembre del 2014, por no haberse cumplido con los requisitos establecidos conforme la Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, que aprobó la Guía Metodológica para la elaboración de los instrumentos técnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, previo a su aprobación. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el diario de mayor circulación regional; asimismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Moquegua, previa promulgación de la presente por el Gobernador Regional de Moquegua. En Moquegua a los 29 días del mes de diciembre del año 2015. LEONEL E. VILLANUEVA TICONA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil quince. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1455581-3

Aprueban la creación de la "Instancia Regional de Concertación de la Región Moquegua para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar"
ORDENANZA REGIONAL Nº 13-2016-CR /GRM 6 de octubre de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 12-2016-CR/GRM, de fecha 06 de Octubre del 2016, aprobó el DICTAMEN Nº 01-2016-CONJEGyCCyN-CR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria del Niño, la Juventud, Equidad de Género y Comunidades Campesinas y Nativas;

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