Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2016 (06/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de octubre de 2016 /

El Peruano

a la señora doctora Gloria Elizabeth Calderón Paredes, Jueza Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, por el día 26 de setiembre de 2016. Segundo: En ese orden de ideas y a efecto de garantizar el normal desarrollo de las funciones de la Sala Superior citada, corresponde dictar las medidas destinadas a completar el Colegiado con la Juez Superior con menor antigüedad de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la señora doctora LENY ZAPATA ANDÍA, Jueza Superior Supernumeraria, integrante de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, en adición a sus funciones, complete el Colegiado de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, por el día 26 de setiembre de 2016; quedando conformado el Colegiado según se detalla a continuación:
SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE VENTANILLA Dra. Ana Mirella Vásquez Bustamante Dra. Zenaida Esther Vilca Malpica Dra. Leny Zapata Andía -PresidenteT S S

en adelante, Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú. Asimismo, se precisa que su competencia funcional debe continuar en las materias civil, familia y laboral, y en cuanto a su competencia territorial, que ésta abarca únicamente al Distrito de Mi Perú; según se detalla a continuación: Órgano Jurisdiccional Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú Cambio de Denominación Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú Competencia Territorial Sólo Distrito Mi Perú Competencia funcional Materias Civil, Familia y Laboral

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y de los magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1437204-1

Tercero: Bajo el contexto acotado, debe disponerse la entrada en funcionamiento del mencionado Juzgado Civil Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec), a partir del 1 de Octubre de 2016, el que, en forma provisional se encontrará ubicado en Manzana D, Lote 13, residencial D3 Pachacútec, esto es, domicilio en el que vienen funcionando el Juzgado de Paz Letrado Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec). Cuarto: De otro lado, la Resolución Administrativa N°215-2016-CE-PJ en su Artículo Décimo Sétimo, dispone medidas administrativas, indicando que el Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú, remita al Juzgado Civil Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, la carga procesal pendiente correspondiente al Proyecto Especial Ciudad Pachacútec que al 30 de setiembre de 2016 no se encuentre expedita para sentenciar ni se le haya programado fecha para la vista de causa; así como los expedientes que tengan fecha para la vista de causa programada con posterioridad al 30 de noviembre de 2016. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER la entrada en funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio (MBJProyecto Especial Ciudad Pachacútec), a partir del 1 de Octubre de 2016, el que en forma provisional se encontrará ubicado en las mismas instalaciones del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec), sito en Manzana D, Lote 13, residencial D3 Pachacútec. Artículo Segundo: DISPONER que el Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Mi Perú, remita al Juzgado Civil Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, la carga procesal pendiente correspondiente al Proyecto Especial Ciudad Pachacútec que al 30 de setiembre de 2016 no se encuentre expedita para sentenciar ni se le haya programado fecha para la vista de causa; así como los expedientes que tengan fecha para la vista de causa programada con posterioridad al 30 de noviembre de 2016. Artículo Tercero: DISPONER que la redistribución en mención se efectúe dentro del período comprendido del primer día útil de octubre del año en curso, hasta el 7 del indicado mes, a través de la Mesa de Partes de los órganos jurisdiccionales de Pachacútec, debiendo encontrarse la totalidad de los escritos proveídos, debidamente compaginados y foliados. Artículo Cuarto: DISPONER que, notificada que sea la presente resolución, la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, en coordinación con el Área de Informática y el Área de Estadística de esta Corte Superior, gestionen las medidas pertinentes para la adecuación del sistema de ingreso de expedientes y escritos a los referidos órganos jurisdiccionales. Artículo Quinto: DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, supervise el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto: PÓNGASE la presente Resolución Administrativa a conocimiento del Presidente del Poder

Disponen la entrada en funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec), a partir del 1 de Octubre de 2016 y aprueban otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 392-2016-P-CSJV/PJ Ventanilla, 30 de setiembre de 2016. VISTA: La Resolución Administrativa N°215-2016-CEPJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución Administrativa de visto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la reubicación del Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chota, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, a esta Corte Superior de Justicia, como Juzgado Civil Transitorio (MBJ-Proyecto Especial Ciudad Pachacútec), a partir del 1 de Octubre de 2016, con competencia funcional en materia civil, familia y laboral y competencia territorial sólo en el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec. Segundo: En el Artículo Décimo Sexto de la Resolución acotada, se dispone, a partir del 1 de Octubre de 2016, la modificación de la denominación del Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú, debiendo denominarse

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