Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2016 (06/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Jueves 6 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600943

Que, a este efecto, corresponde al Consejo Regional a través de la aprobación de la disposición regional respectiva, proceder a autorizar el indicado viaje al exterior, el mismo que realiza el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Ing. Humberto Acuña Peralta, por los días que corren del 30 de setiembre al 08 de octubre del año 2016, con la finalidad de participar en la "Pasantía para altos funcionarios regionales y nacionales". Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº . 005-2011-GR.LAMB./CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año. Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 19.AGO.2016; Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Ing. Humberto Acuña Peralta, por los días que corren del 30 de setiembre al 08 de octubre del año 2016, a la provincia de Quebec ­ Canadá, con la finalidad de participar en la "Pasantía para altos funcionarios regionales y nacionales".", el mismo que no irrogará ninguna afectación económica al Gobierno Regional de Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y su difusión a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ARTURO BAZÁN ZARATE Consejero Delegado Consejo Regional 1437256-1 ACUERDO REGIONAL Nº 035-2016-GR.LAMB./CR Chiclayo 19 de agosto del 2016 VISTO: El Oficio Nº 854-2016-GR.LAMB/SG, reg. SISGEDO Nº 2585071, de fecha 17 de agosto del año 2016, de la Secretaría General del Gobierno Regional de Lambayeque, y; CONSIDERANDO: Que, a través del documento del visto, se solicita al Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque autorización de viaje al exterior para el Vice Gobernador Regional, Ing. Juan Francisco Cardoso Romero, por los días que corren del 30 de setiembre al 08 de octubre del año 2016, para viajar a la provincia de Quebec - Canadá, con la finalidad de participar en la "Pasantía para altos funcionarios regionales y nacionales" evento que ha sido invitada por el Proyecto "Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales para el Desarrollo Social y Económico del Norte del Perú" ProGobernabilidad, de la Cooperación Canadiense". Que, todos los gastos que demande el señalado viaje a la provincia de Quebec - Canadá será costeado por

ProGobernabilidad, no generando gasto alguno para el Gobierno regional de Lambayeque. Que, a este efecto, corresponde al Consejo Regional a través de la aprobación de la disposición regional respectiva, proceder a autorizar el indicado viaje al exterior, el mismo que realiza el Vice Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Ing. Juan Francisco Cardoso Romero, por los días que corren del 30 de setiembre al 08 de octubre del año 2016, con la finalidad de participar en la "Pasantía para altos funcionarios regionales y nacionales". Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº . 005-2011-GR.LAMB./CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2., que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año. Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 19.AGO.2016; Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Vice Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, Ing. Juan Francisco Cardoso Romero, por los días que corren del 30 de setiembre al 08 de octubre del año 2016, a la provincia de Quebec ­ Canadá, con la finalidad de participar en la "Pasantía para altos funcionarios regionales y nacionales", el mismo que no irrogará ninguna afectación económica al Gobierno Regional de Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y su difusión a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ARTURO BAZÁN ZARATE Consejero Delegado Consejo Regional 1437257-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que declara desfavorable la petición de cambio de zonificación del distrito de Jesús María
ORDENANZA N°1994 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2016 el Dictamen N° 58-2016-MMLCMDUVN de la Comisión de Desarrollo Urbano, Vivienda

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