Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2016 (11/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de octubre de 2016 /

El Peruano

incurrió en la causal de nepotismo al haber contratado a su sobrino en la entidad edil. b) El concejo distrital no cumplió con incorporar al procedimiento de vacancia los documentos solicitados por el Jurado Nacional de Elecciones, pese a ello, convocó a sesión extraordinaria. c) El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones ya señaló que se encuentra acreditada la relación de parentesco entre el alcalde distrital y David Smith Carlos Inocente. d) En la sesión extraordinaria del 28 de enero de 2016 "se ha señalado y se ha probado que la conducta desplegada por el titular del pliego, cumple el segundo elemento que la Jurisprudencia requiere para que se acredite la causal establecida en el inciso 8 del artículo 22 de la Ley orgánica de municipalidades Ley Nº 27972 (...)". e) Se encuentra "probado que el señor David Smith Carlos Inocente, ha laborado para la Municipalidad Distrital de Huaura, como personal administrativo en el cargo de coordinador académico de la Academia Municipal de Alto Rendimiento de Huaura". f) Se encuentra "probado con los videos que el señor David Smith Carlos Inocente fungía como responsable de la Academia Municipal de Alto Rendimiento de Huaura". g) Se encuentra "probado que al señor David Smith Carlos Inocente, mediante el Expediente Nº 221 de fecha 27 de febrero de 2015, se le tramitó su pago de la unidad ejecutora Nº 301376, Municipalidad Distrital de Huaura, por la suma de S/ 9,770.40 soles". h) Se encuentra "probado que al señor David Smith Carlos Inocente, se le giró la Orden de Servicio Nº 000164-2015, por el área de tesorería de la Municipalidad Distrital de Huaura por la suma de S/. 9, 770.40 soles". i) Se encuentra "probado que al señor David Smith Carlos Inocente se le giró el cheque Nº 87620929 de la Municipalidad Distrital de Huaura por la suma de S/ 9,770.40 nuevos soles". j) Se encuentra "probado que el señor David Smith Carlos Inocente cobró de la Municipalidad Distrital de Huaura la suma de S/ 9,770.40 soles": k) Se encuentra "probado que en el Portal de Transparencia Económica, el proveedor señor David Smith Carlos Inocente cobró de la Municipalidad Distrital de Huaura la suma de S/ 10, 620.00 nuevos soles". l) Se encuentra "probado que el señor David Smith Carlos Inocente devolvió a la Municipalidad Distrital de Huaura la suma de S/ 9,770.40 nuevos soles". CUESTIÓN EN DISCUSIÓN De acuerdo con los antecedentes, se debe determinar si Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, incurrió en la causal de nepotismo por haber contratado presuntamente a la persona de David Smith Carlos Inocente, a fin de que este labore en la entidad edil pese a la prohibición establecida. CONSIDERANDOS Análisis del caso en concreto 1. En el presente caso, este Supremo Tribunal Electoral a través de la Resolución Nº 0358-2015-JNE, del 15 de diciembre de 2015, declaró la nulidad del acuerdo de concejo que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Junior Aponte Osorio y Emiliano Morales Barrera, y presentado contra la decisión municipal de rechazar la solicitud de vacancia presentada contra Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura. 2. Dicho pronunciamiento se sustentó en que si bien se había acreditado la relación de parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad entre el alcalde distrital Justiniano Pedro Valencia Pantoja y David Smith Carlos Inocente, también lo era que el concejo municipal no había remitido documentación relacionada con la contratación del último de los nombrados, pues si bien se alegó que por un error se había girado una orden de servicio y un cheque a su favor, cuyo monto fue finalmente devuelto, no existían en autos documentos suficientes que acreditasen

estas afirmaciones. 3. Así las cosas, devuelto el expediente al concejo municipal, este procedió a incorporar al procedimiento de vacancia los siguientes documentos: - Copia fedateada del Informe Nº 048-2016-OL/ MDH, del 25 de enero de 2016 (fojas 290), elaborado por el jefe de la Oficina de Logística, a través del cual señala lo siguiente: "Sobre el requerimiento efectuado por el área de la entidad que dio origen a la Orden de Servicio Nº 00164-2015, documentación relacionada con la conformidad de servicios y otros documentos que dieron origen a la emisión del cheque a favor de David Smith Carlos Inocente; Mi persona asumió la Jefatura de la oficina de logística a inicios de este año y con mucha responsabilidad vengo laborando: en ese contexto sobre el caso concreto debo precisar lo siguiente: los documentos que hace referencia, mi persona ha dispuesto la búsqueda respectiva. Ubicándola como archivos anulados, la misma que adjunto una copia fedateada, dando cumplimiento a lo establecido en el fundamento 23, inc. D) de la Resolución Nº 0358-2015-JNE, de fecha 15 de diciembre del año 2015 ". - Copia del Informe Nº 107-2015-OL/MDH, del 27 de febrero de 2015 (fojas 294), elaborado por el jefe de la Oficina de Logística, a través del cual señala que su despacho emitió la Orden de Servicio Nº 000164-2015 "no correspondiéndole a dicha persona; motivo por el cual agradecería se suspenda dicho giro y evitar el pago indebido". - Copia del Informe Nº 064-2015-GM/MDH, del 2 de marzo de 2015 (fojas 291), elaborado por el gerente municipal, y en el que informa que "con memorando del 27 de febrero de 2015 se solicitó al jefe de Tesorería no proceda a girar la orden de servicio Nº 000164-2015, la misma que la Oficina de Logística había emitido de forma errónea, la cual debe corresponder a Helenio Lenin Vega Rodríguez". Agrega que, pese a ello, la oficina de tesorería le comunicó a través del Informe Nº 034-2015/ UT-MDH, del 27 de febrero de 2015 (fojas 293) que, "ya había girado el monto de dicha orden de servicio, pero precisando que con fecha 28 de febrero se logró ubicar al señor David Smith Carlos Inocente, el cual se apersonó el día sábado 28 de febrero a hora 9:30 de la mañana en horario de trabajo procediendo a la devolución de la suma cobrada (S/. 9,770.40 nuevos soles) emitiéndose el recibo de ingreso respectivo". Finaliza y señala que, el monto girado como "pago indebido" fue devuelto e ingresado a la caja municipal. - Copia del Informe Nº 35-2015/UT-MDH, del 2 de marzo de 2015 (fojas 292), elaborado por la encargada de la Oficina de Tesorería, a través del cual reconoce que David Smith Carlos Inocente realizó la devolución en efectivo de la suma antes mencionada, señalando que en mérito a ello, su "oficina expidió el recibo de ingreso, mediante el cual se acredita la devolución en efectivo". - Copia del Memorándum Nº 215-2015-GM/MDH, del 26 de febrero de 2015 (fojas 297), elaborado por el gerente municipal, a través del cual da conformidad a los servicios prestados por el personal de la Academia Municipal de Alto Rendimiento. Ello se debió al Informe Nº 002-AMAR-H, del 24 de febrero de 2015 (foja 298), de Helenio Lenin Vega Rodríguez, Director responsable de la Academia Municipal de Alto Rendimiento, por medio del cual remite informe sobre las actividades realizadas. - Copia de la Carta EF/92.03121 Nº 02-206, del 26 de enero de 2016 (fojas 300 a 301), por medio de la cual el jefe de la sección de operaciones del Banco de la Nación remite copia del cheque Nº 87620929-7, por el importe de S/. 9, 770.40 nuevos soles a favor de David Smith Carlos Inocente. - Copia fedateada del Informe Nº 009-2016/OT-MDH, del 25 de enero de 2016 (fojas 302 a 305), elaborado por el encargado de la Oficina de Tesorería, en el que en mérito a la información solicitada a través de la Resolución Nº 0358-2015-JNE, pone en conocimiento lo siguiente: i) La devolución se realizó en el Expediente SIAF Nº 221, registrándose dicha devolución el 23 de marzo de 2015, adjuntándose el reporte de la Cuenta Única

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