Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2016 (20/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 20 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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de la Producción del Gobierno Regional de Arequipa las acciones necesarias para el seguimiento de los volúmenes de desembarque de Lessonia trabeculata (aracanto o palo) extraídos por cada embarcación, a fin de garantizar el cumplimiento del Volumen Total de Extracción Permisible y de las cuotas individuales autorizados por el artículo 2 y el literal f) del artículo 6 de la presente Resolución Ministerial; así también, coordinará las acciones necesarias para la presencia permanente en los desembarcaderos de uno o varios inspectores acreditados por ambas Direcciones o de ser el caso por una de ellas y la entrega de los Certificados de Desembarque emitidos por la autoridad competente. Artículo 8.- La Dirección General de Supervisión y Fiscalización coordinará con la Gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de Arequipa el diseño y aplicación de mecanismos de vigilancia y control entre los cuales se considerará el otorgamiento de un Certificado de Procedencia para hacer constar el origen del producto de un área autorizada y la participación de las organizaciones sociales de pescadores artesanales representativas de la zona a través del Comité Regional de Vigilancia de Pesca Artesanal - COREVIPAS. Artículo 9.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos del recurso Lessonia trabeculata (aracanto o palo) debiendo informar y recomendar al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero que estime pertinente para la preservación y explotación racional del mencionado recurso. Artículo 10.- Las personas naturales y jurídicas que contravengan las disposiciones contenidas en la Presente Resolución Ministerial serán sancionadas conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 11.- Las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervisión y Fiscalización del Viceministerio de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como la Gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de Arequipa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO FERNANDO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo encargado del Despacho del Ministerio de la Producción 1443695-1

el grupo de trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental, de naturaleza temporal, que depende del Ministerio del Ambiente, cuyo objeto es revisar y evaluar las recomendaciones del Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE, así como elaborar un plan de acción para su implementación; Que, el artículo 3 de la citada Resolución Suprema establece que dicho Grupo de Trabajo se encuentra conformado, entre otros funcionarios, por el/la Viceministro/a de Salud Pública, asimismo, el artículo 4 señala que las entidades del Poder ejecutivo designan a sus representantes alternos, con rango de funcionario de alto nivel o con capacidad de decisión mediante resolución del titular correspondiente; Que, mediante Informe N° 32-2016/PSA/DG/DIGESA de fecha 22 de septiembre de 2016, remitido por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA, se propone designar a la licenciada en enfermería Susalen María Tang Flores, Directora Ejecutiva de Salud Ambiental de la Dirección General antes referida, como representante alterno del Ministerio de Salud ante el grupo de trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 007-2016-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la licenciada en enfermería Susalen María Tang Flores, Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria ­ DIGESA, como representante alterno del Ministerio de Salud ante el grupo de trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental conformado por Resolución Suprema N° 004-2016-MINAM. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio del Ambiente. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1443217-1

Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a Brasil y Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 818-2016/MINSA Lima, 18 de octubre del 2016 Visto, el expediente N° 16-077686-001 que contiene la Nota Informativa N° 589-2016-DIGEMID-DEF/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales;

SALUD
Designan representante alterno del Ministerio ante el grupo de trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental conformado por R.S N° 004-2016-MINAM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 817-2016/MINSA Lima, 18 de octubre del 2016 Visto, el Expediente N° 16-087115-002, que contiene el Oficio Múltiple N° 082-2016-VMGA/MINAM, emitido por el Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente. CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 004-2016/MINAM, de fecha 23 de abril de 2016, se conformó

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