Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2016 (27/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de octubre de 2016 /

El Peruano

Artículo Quinto.- El CCONNA está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: 1. La Asamblea General, está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el distrito, los mismos que sesionarán de acuerdo a su reglamento aprobado. 2. El Equipo Coordinador, será elegido entre los representantes titulares de las organizaciones participantes, en Asamblea General, y estará integrado por: a) Coordinador General. b) Sub Coordinador. c) Coordinador de Actas. d) Coordinador de Organización. Artículo Sexto.- Designar a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente de la Municipalidad Distrital, para que brinde asistencia técnica, operativa y presupuestal al CCONNA Distrital, para el cumplimiento de sus funciones; procediendo a la elaboración del proyecto de Ordenanza que permitirá incluir en el ROF de la Municipalidad las funciones mencionadas para su correspondiente trámite de aprobación. Artículo Séptimo.- La Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente con ayuda de la Unidad de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Chancay, convocará a todas organizaciones y grupos que participarán en el proceso de elección de representantes al CCONNA. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de la Municipalidad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Económico, Turístico y Promoción Social, la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Distrital entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1445798-3

de administración, de determinación, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, normado por el D.S. Nº 133-2013-EF. establece que, los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 41º del TUO del precitado Código Tributario, establece que, la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación podrá alcanzar al tributo; La Ordenanza tiene por objetivo establecer incentivos a favor de los contribuyentes del Distrito de Chancay, que regularicen de manera voluntaria la presentación de las declaraciones juradas de autoavalúo del impuesto predial que incidan en la mayor determinación del impuesto predial o arbitrios municipales; con la presente ordenanza se busca promover el pago voluntario de las obligaciones generadas como producto de la regularización tributaria y actualizar los datos de los contribuyentes y la información de los predios; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Unánime de los señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE INCENTIVA LA ACTUALIZACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS TRIBUTARIAS DE PREDIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CHANCAY Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA QUE INCENTIVA LA ACTUALIZACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS TRIBUTARIAS DE PREDIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CHANCAY, la misma que consta de once (11) artículos y cinco (05) Disposiciones Finales y Transitorias, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chancay para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la presente norma o dicte las disposiciones reglamentarias para su mejor aplicación. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como en el Portal del Estado Peruano. Artículo Cuarto.- PRECÍSESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1445798-2

Ordenanza que incentiva la actualización de Declaraciones Juradas Tributarias de Predios para los contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2016-MDCH Chancay, 29 de agosto del 2016 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO, el Informe Legal Nº 489-2016-MDCH/DAL presentado por la Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual pone a consideración el proyecto de Ordenanza que Incentiva la Actualización de Declaraciones Juradas Tributarias de Predios para los Contribuyentes del Distrito de Chancay, propuesta realizada por la Dirección de Administración Tributaria, mediante Informe Nº 173-2016MDCH/DAT; y, CONSIDERANDO: Que conforme establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno; actos administrativos y

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Integral del Adulto Mayor de la Municipalidad de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2016-MDCH Chancay, 4 de octubre del 2016 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

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