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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (27/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 95

602745 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 El Peruano / PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 2017 ACTIVIDAD FECHA Inscripción de Agentes Participantes. DEL 20 AL 29 DE OCTUBRE DEL 2016 Entrega de acreditación de agentes participantes. 31 DE OCTUBRE DEL 2016 Capacitación para Agentes participantes 8 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 1 (diagnóstico, identifi cación de problemas, priorización de resultados, revisión, identifi cación de proyectos, Identifi cación de criterios de priorización) 10 DE NOVIEMBRE DEL 2016 Taller Nº 2 revisión, identifi cación de proyectos, Identifi cación de criterios de priorización 15 DE NOVIEMBRE DEL 2016 1446405-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Modifican la Ordenanza Municipal Nº 015- 2009-MDCH, que creó el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2016-MDCH Chancay, 29 de agosto de 2016 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal Nº 487-2016-MDCH/DAL, de la Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual pone a consideración el Proyecto de Ordenanza que propone la Modifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 015-2009-MDCH, que crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM, de la Municipalidad Distrital de Chancay; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 7º de la precitada Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una defi ciencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la Comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; Que, el numeral 1.2 del artículo 84º en concordancia con el numeral 2.4. del mismo artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas sociales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres,