Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2016 (27/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Jueves 27 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602743

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Encargan a especialista las funciones de la Gerencia de Informática del SAT, asimismo responsable del Portal de Transparencia del SAT y de ingresar información del SAT en el Registro Unificado de Entidades del Estado - RUEEP
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003811 Lima, 21 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.º 1698 y modificado por la Ordenanza N.º 1881, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la Institución tiene como principal objetivo dirigir, controlar y supervisar el correcto funcionamiento de la Entidad, así como la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover con arreglo a ley, a los funcionarios y servidores del SAT; Que, a través de la Resolución Jefatural N.º 001-00400003186 de fecha 30 de setiembre de 2013, se calificó como puesto de confianza el cargo de Gerente del SAT; Que, mediante Resolución Jefatural N.º 001-00400003441 de fecha 2 de enero de 2015, se designó al señor Ottoniel Waldir Tume Ledesma como Gerente de Informática del SAT, a partir del dicha fecha; Que, con Resolución Jefatural Nº 001-004-00003452 de fecha 2 de enero de 2015, se designó al citado funcionario como responsable del Portal de Transparencia del SAT, a partir de dicha fecha; Que, asimismo, a través de la Resolución Jefatural Nº 001-004-00003453 de fecha 2 de enero de 2015, se designó al referido funcionario, en su calidad de Gerente de Informática del SAT, como funcionario responsable de ingresar la información del SAT en el Registro Unificado de Entidades del Estado ­ RUEEP, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 026-2013-PCM, a partir de dicha fecha; Que, mediante Memorando Nº 187-092-00020539 recibido el 21 de octubre de 2016, la Gerencia de Recursos Humanos, en atención al Memorando Nº 005-092-00006986, emitido por la Gerencia de Informática, comunica que el mencionado funcionario hará uso de su descanso vacacional del 24 al 31 de octubre de 2016, por lo que solicita la emisión de la resolución jefatural que encargue, durante dicho período, la Gerencia de Informática del SAT al señor César Edilberto Terry Ramos, en adición a sus funciones como Especialista de Gestión de Operaciones de TI III; Estando a lo dispuesto por el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.º 1698 y modificado por Ordenanza N.º 1881; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar la Gerencia de Informática del SAT, al señor César Edilberto Terry Ramos, del 24 al 31

de octubre de 2016, en adición a sus funciones como Especialista de Gestión de Operaciones de TI III. Artículo 2°.- Encargar al señor César Edilberto Terry Ramos como funcionario responsable del Portal de Transparencia del SAT, del 24 al 31 de octubre de 2016. Artículo 3°.- Encargar al señor César Edilberto Terry Ramos como funcionario responsable de ingresar la información del SAT en el Registro Unificado de Entidades del Estado ­ RUEEP, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 026-2013-PCM, del 24 al 31 de octubre de 2016. Artículo 4°.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución en la página Web de la Entidad: www.sat.gob. pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANITZA CLARA MILOSEVICH CABALLERO Jefa del Servicio de Administración Tributaria 1446253-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Convocan elecciones para elegir a los nuevos Delegados de las Juntas Vecinales Comunales de nueve zonas del distrito de Lince para el periodo 2016-2017 y dictan diversas disposiciones
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2016-MDL Lince, 4 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Nº 047-2016-MDL-GDS de fecha 21 de setiembre de 2016, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social, Informe N° 561-2016-MDL-GAJ de fecha 29 de setiembre de 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO Que, mediante Ordenanza N° 207 -MDL, publicada en el diario oficial " El Peruano" el día 06 de abril del 2008, se aprobó el "Reglamento para Elecciones de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Lince" el mismo que en su artículo 8° señala que "El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales, designa un Comité Electoral y establece el Cronograma Electoral, antes del vencimiento del mandato de las Juntas Vecinales Comunales " (...)"; Que, el artículo 9° del dispositivo legal acotado en el párrafo precedente establece que: "El Comité Electoral es un órgano conformado por tres (3) personas dos (2) de ellas procedentes de la Sociedad Civil que cumplirán la labor de Presidente y, una de la Municipalidad que cumplirá la labor de vocal. Tiene por objeto velar por el correcto y transparente desarrollo de las elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales. El Comité designado tendrá competencia para actuar en el caso de segunda vuelta y de revocatoria de Delegados (...)"; Que, la Gerencia de Desarrollo Social mediante informe N° 047 -2016-MDL-GDS de fecha 21 de setiembre de 2016 hace suyo el informe N° 059-2016-MDL-GDSGPSP-NGA, emitido por la Responsable del Programa de Gestión de Proyectos Sociales Participativos, elevando el proyecto de Decreto de Alcaldía conteniendo la propuesta de conformación del Comité y cronograma Electoral; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° en concordancia con el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

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