Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2016 (27/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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8.1 Al momento de presentar la solicitud: (...)

NORMAS LEGALES

Jueves 27 de octubre de 2016 /

El Peruano

e) No contar, al día hábil anterior a la presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería." Artículo 5. Modifican requisito para el otorgamiento de refinanciamiento referido a los saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al SPOT Sustitúyase el inciso c) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Resolución, por el siguiente texto: "Artículo 8°.- REQUISITOS (...) 8.1 Al momento de presentar la solicitud de refinanciamiento: (...) c) No contar, al día hábil anterior a la presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria que se solicita refinanciar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería." DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo Nº 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás Jefes de órganos, son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que en mérito del Informe Nº 004-2016-SUNAT/8C0000, se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Juana Muñoz Quiroz, Javier Espettia Guevara y Jorge Dalmiro Gómez Torres, quienes ejercerán la función de Fedatarios Institucionales Titulares y Alterno en la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Fedatarios Institucionales de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio, a los siguientes servidores: Fedatarios Institucionales Titulares - JUANA MUÑOZ QUIROZ - JAVIER ESPETTIA GUEVARA Fedatario Institucional Alterno: - JORGE DALMIRO GÓMEZ TORRES

ÚNICA.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia el 15 de noviembre de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1446630-4

Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1446078-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

Designa Fedatarios Institucionales titulares y alterno de la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 094-2016-SUNAT/800000 Lima, 24 de octubre de 2016 VISTO: El Informe Nº 004-2016-SUNAT/8C0000 de fecha 19 de Octubre de 2016, emitido por la Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio, mediante el cual propone la designación de Fedatarios Institucionales en la Unidad Organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales

CONTRALORIA GENERAL
Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo de la Contraloría General de la República al Programa "Red CIL Proempleo" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 449-2016-CG Lima, 26 de octubre de 2016 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00192-2016-CG/DP del Departamento de Personal; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 012-2004TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa "Red CIL Proempleo" proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la

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