Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de octubre de 2016 /

El Peruano

la información necesaria y consolidar sus resultados para la posterior evaluación técnica de las propuestas de inversión resultantes del proceso para ser consideradas en el Presupuesto Institucional. La consolidación de los resultados del proceso se realizará bajo el siguiente esquema: - Actualización del diagnóstico situacional, orientado fundamentalmente a mejorar las condiciones de vida de la población, medida a través de los resultados definidos en los programas presupuestales y otros que se consideren críticos en el distrito. - Selección de los proyectos viables y que estén orientados al logro de resultados priorizados, que respondan a las características de impacto distrital definidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF y sus modificatorias. - Recopilación y preparación de: a. Plan de Desarrollo Concertado - avance en su ejecución. b. Detalle de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior. c. Ejecución del Programa de Inversiones, aprobados en el Presupuesto Institucional. d. Monto de inversión que la municipalidad destinará al Proceso del Presupuesto Participativo. e. Informe de los compromisos asumidos por la Sociedad Civil en procesos participativos anteriores y su nivel de cumplimiento. B. Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo; se deberán realizar las siguientes acciones: - El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. - El Alcalde, o a quien delegue, presenta los resultados del Presupuesto Participativo, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, a los Agentes Participantes para su consideración y aprobación final. - Los miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital presididos por el Alcalde y demás Agentes Participantes, formalizan los acuerdos suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, la que debe contener las firmas de todos los Agentes Participantes. - Conformar el Comité de Vigilancia, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25 de la presente Ordenanza. Artículo 15º.- Coordinación.Los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria entre la Municipalidad Distrital de Surquillo y el Gobierno Local Provincial, en materia de gastos de inversión, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos, se realizará de existir proyectos de inversión pública del ámbito metropolitano. Artículo 16º.- Formalización.Los Acuerdos y Compromisos del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo se formalizarán en sesión ordinaria programada del Consejo de Coordinación Local Distrital, en la cual el Presidente del Equipo Técnico deberá sustentar todas las actividades ejecutadas en el marco del Proceso, así como también del Cronograma de Ejecución de los Proyectos para el próximo año fiscal. Todos los proyectos aprobados deberán ser incluidos en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2017, para su aprobación por parte del Concejo Municipal. Artículo 17º.- Perfeccionamiento Técnico de Proyectos.Si en la etapa de ejecución, alguno de los Proyectos Priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, previo Informe Técnico elaborado para tal fin por la Gerencia de Planificación y Presupuesto. El reemplazo del proyecto se realizará de acuerdo a la escala de prioridades concertada. Cabe señalar que estas

acciones deben ser puestas en conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital y el Comité de Vigilancia. CAPITULO VI INICIO Y DESARROLLO DEL PROCESO Artículo 18º.- El Proceso del Presupuesto Participativo del año 2017 se iniciará con la convocatoria que efectúa el Alcalde, en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital -CCLD, a través de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y del cronograma del proceso del presupuesto participativo cuyo Anexo se adjunta y que contiene el desarrollo de los talleres que se describen en la presente Ordenanza. Artículo 19º.Actuación previa de las organizaciones inscritas con sus representados.Previo al inicio de los Talleres descritos en la presente Ordenanza, las organizaciones inscritas en el Registro descrito en el artículo 4º deberán reunirse con los ciudadanos a los que representan, con el propósito de determinar sus propios problemas y potencialidades y, de ser el caso, señalar su interés de participar en la solución de determinados problemas y/o aprovechamiento de determinadas potencialidades mediante el aporte concreto de recursos financieros, físicos o humanos. Adjuntando el Acta de la Asamblea General que sustente el Proyecto. Para el desarrollo del proceso participativo, la Municipalidad distrital de Surquillo asume que los delegados acreditados de las organizaciones inscritas en el Registro recogen de sus representados aquellos aspectos descritos en el párrafo anterior. Artículo 20º.- Instalación del Proceso del Presupuesto Participativo 2017 y participación del Consejo de Coordinación Local Distrital.- Corresponde al Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo instalar el proceso del presupuesto participativo 2017 en el Primer Taller de Capacitación. El Alcalde declara al Consejo de Coordinación Local Distrital en sesión permanente hasta la fecha en que se formalicen los acuerdos del proceso conforme al artículo 16º de la presente Ordenanza, encargándose al Presidente del Equipo Técnico el desarrollo de los talleres. Todos los miembros del Consejo participan en todo el proceso como miembros plenos, gozando de las prerrogativas que les concede la Ley Orgánica de Municipalidades, encontrándose habilitados para participar en los talleres descritos en la presente Ordenanza. Artículo 21º.- Primer Taller: Capacitación de los Agentes Participantes y Rendición de Cuentas del Proceso del Presupuesto Participativo 2016.Como primera etapa del proceso, el Equipo Técnico, conforme al cronograma aprobado, se encargará de desarrollar un Taller de Capacitación para los agentes participantes relacionado con los aspectos normativos y técnicos propios del proceso participativo del año 2017. Para ello deberá aplicar una estrategia de información, difusión y capacitación sobre presupuesto participativo. Seguidamente, el Equipo Técnico por encargo especial del Alcalde rendirá cuentas respecto al nivel de cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por cada uno de los actores públicos y privados participantes del proceso participativo del año 2016, del impacto de la inversión realizada en el desarrollo local, el grado de avance en la implementación del Plan de Desarrollo Concertado y el nivel de avance en la ejecución del Presupuesto del año actual, tanto a nivel de actividades como de Proyectos. El Equipo Técnico entregará a los agentes participantes la información correspondiente a la rendición de cuentas de los resultados del proceso participativo del año 2016, así como la sustentación de los cambios efectuadas y modificaciones presupuestarias originadas por variaciones en las acciones priorizadas en el proceso. Artículo 22º.- Segundo Taller: Taller de Definición de Criterios y Priorización de Proyectos.- En este

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