Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano / Viernes 28 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602867

la intervención activa y complementaria de todas las instituciones del Estado Peruano en sus tres niveles de gobierno nacional, regional y local, a fin de plantear objetivos, actividades, programas y metas que aseguren una acción eficaz en el combate de las drogas, ya sea en el tráfico como su consumo; Que, la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016, contempla Cuatro Ejes Estratégicos, siendo el Tercer Eje Estratégico: "La prevención y rehabilitación del consumo de drogas", el cual opta por el compromiso para una acción concertada, oportuna e integrada de todas las instancias del Estado, representado por sus tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial; por los Organismos Constitucionales; por sus tres niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, y por todos los sectores, para detener y prevenir el desarrollo e institucionalización del tráfico ilícito y el consumo de drogas en el país; Que, mediante Hoja de Registro y Control Nº 32496, la Dirección Regional de Salud ingresó el Oficio Nº 2650-2016/GOB.REG.PIURA-DRSP-DG, de fecha 05 de julio de 2016, conteniendo un Ayuda Memoria referente a la prevención y rehabilitación del consumo de drogas, señalando que a través de la Estrategia Sanitaria de Salud Mental y Cultura de Paz, y con el apoyo financiero del Ministerio de Salud por parte de DEVIDA, entidad preocupada e involucrada en una lucha tenas contra el narcotráfico y consumo indebido de sustancias psicoactivas, se viene facilitando la atención primaria a los consumidores en alto riesgo a través de módulos de atención implementados con la colaboración de DEVIDA; Que, la Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, con Informe Nº 057-2016/GRP-430300, de fecha 13 de junio de 2016, señaló que el Gobierno Regional Piura ha asumido compromisos con instituciones para que coadyuven al tratamiento de las drogas y el alcoholismo porque forma parte de la política institucional de prevención desde una perspectiva

integral e inclusiva, como un proceso que promueve la aplicación de diversas estrategias para mejorar la calidad de vida de las personas, especialmente en la poblaciones más vulnerables como los niños y adolescentes; Que, con Informe Nº 1902-2016/GRP-460000 del 14 de julio de 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, recomendó se continúe con el trámite para que el Consejo Regional declare de necesidad pública la prevención y rehabilitación del consumo de drogas en la región Piura; Que, mediante Informe Nº 062-2016/GRP-200010ACCR, del 15 de agosto de 2016, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional da opinión favorable precisando que resulta importante contar con una norma regional que tenga por objetivo específico promover la disminución del consumo de drogas (legales e ilegales) a través de intervenciones preventivas y terapéuticas que fortalezcan el desarrollo personal y generen espacios protectores en la comunidad, familia y escuela, en un trabajo articulado entre el gobierno regional, local y la sociedad civil; y más aún, cuando con fecha 27 de enero de 2016, el Gobierno Regional Piura suscribió con la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas, el Convenio Nº 025-2016-DV, Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas en el Marco de los Programas Presupuestales de DEVIDA, que tiene por objeto contribuir al logro de las metas establecidas en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas ­ ENLCD; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 21-2016, de fecha 07 de septiembre de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.