Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Viernes 28 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
2010-TR. SE RESUELVE:

602869

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Designan responsable para emitir ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 425-2016/MDEA El Agustino, 20 de octubre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTOS: El Informe Nº 258-2016-GAF/MDEA, de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Memorando Nº 135-2016-GAJ-MDEA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º señala las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 195 de la Constitución Política del Perú señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II del Título Preliminar establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, es un organismo del poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ente rector en materia de trabajo y promoción del empleo, conforme lo dispone la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas de Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Que, conforme lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto supremo Nº 012-2004-TR, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad pública en el Diario Oficial El Peruano. Que, mediante Memorando Nº 135-2016-GAJ-MDEA la Gerencia de Asesoría Jurídica, establece la procedencia de emitir la Resolución de Alcaldía que se designe al funcionario responsable que se encargara de remitir las ofertas de empleo del Ministerio de trabajo y Promoción del Empleo; en tal sentido, corresponde designar a la persona responsable según lo indicado. Con las visaciones de los Gerentes de las Oficinas de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) del artículo 7º del reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-

Artículo 1º.- DESÍGNESE al señor HECTOR RUBEN, PEÑA TARAZONA, Sub Gerente de Talento Humano encargado, como responsable para emitir las ofertas de empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo, www.trabajo.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el jefe de la unidad de Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1446362-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo en el distrito de Surquillo para el Año Fiscal 2017
ORDENANZA Nº 368-2016-MDS Surquillo, 24 de octubre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha y estando a lo dispuesto por los artículos 197º y 199º segundo párrafo de la Constitución Política, la Ley 27783- Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF - Reglamento de la Ley Nº 28056, así como el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 0072010-EF/76.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; el Dictamen Nº010-2016-CAPPR-CM-MDS, con fecha 21 de octubre de 2016, y el Informe Nº 056-2016-GPPCI/MDS, con fecha 12 de octubre de 2016, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE SURQUILLO PARA EL AÑO FISCAL 2017 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular las disposiciones para la participación y concertación entre las autoridades de la Municipalidad Distrital de Surquillo y las organizaciones de la sociedad civil del distrito debidamente representadas hacia la formulación del Presupuesto Participativo de la Municipalidad distrital de Surquillo para el ejercicio fiscal 2017. Artículo 2º.- Premisas del Proceso Presupuestario.Para los efectos del debido cumplimiento de la presente Ordenanza, los agentes participantes deben tomar en cuenta el Plan Integral de Desarrollo Concertado del distrito, priorizando los proyectos que apunten a una

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