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602860 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2016 / El Peruano El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867 y sus modifi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/ CR; demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero: APROBAR la ejecución de la expropiación y el valor de la Tasación de un inmueble de 3.7014 ha, correspondiente al predio El Milagro 3, ubicado en el Distrito de Huanchaco, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, de propiedad los señores YSABEL LARCO DEBERNARDI DE ALVAREZ CALDERON, ANA MARIA CARMELA COX ALVAREZ DEL VILLAR DE GUBBNINS, ANA MARIA COX LARCO, CARLOS FERNANDO COX GANOZA, DOLLY CECIL COX LARCO DENEGRI, DOLLY DENEGRI CORNEJO VDA. DE COX, JAVIER HUGO COX DENEGRI, JERONIMO IGNACIO COX GANOZA, JORGE COX DENEGRI, LUIS FERNANDO COX GANOZA, (sucesión), LUIS JORGE DE LA GUERRA COX, LUISA MARIA DE LA GUERRA COX, MANUEL FRANCISCO COX GANOZA, MARIA DEL CARMEN DE LA GUERRA COX, MARIA SOL DE VON OPPEN DE LA GUERRA, TERESA CARMELA DE LA GUERRA COX Y TERESA COX LARCO VDA. DE LA GUERRA; inscrito en la Partida Electrónica N° 11141179 del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP)-Zona Registral N° V-Sede Trujillo, afectado por la ejecución de la III Etapa CHAVIMOCHIC, valorizado en el monto de S/ 111,042.00; cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en el Anexo que forma parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo: DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la tasación, a favor del Primer Juzgado Civil de Trujillo, Expediente N° 3938-2011, Materia Deslinde y Amojonamiento, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitido el presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero: DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitido el presente Acuerdo Regional y notifi cada la consignación al sujeto pasivo, remita al Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del benefi ciario. Artículo Cuarto: DISPONER que la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del benefi ciario, el bien inmueble cuya Partida Registral, linderos y medidas perimétricas se detalla en el Anexo que forma parte del presente Acuerdo Regional; y de ser el caso, se levante toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del Artículo 28° de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo Quinto: DISPONER que el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, notifi que el presente Acuerdo Regional al sujeto pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notifi cado el presente Acuerdo Regional, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28° de la citada Ley. Artículo Sexto: DISPONER que el presente Acuerdo Regional se publique en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.4 del artículo 28° de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo Sétimo: DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. JOEL DAVID DIAZ VELÁSQUEZ Presidente Consejo Regional La Libertad ANEXO INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA CANAL MADRE CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA - SECTOR EL MILAGRO, Y VALOR DE LA TASACION Nº CODIGO DE IDENTIFICACION DEL PREDIO SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO UBICACIÓN VALOR DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 1 PP - EM - 01 PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC YSABEL LARCO DE BERNARDI DE ALVAREZ DE CALDERON Y OTROS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DEL LOTE Norte : Con área de Reserva La Cumbre (B), entre los vértices Nº 1 al Nº 3. Sur : Con el Lote El Milagro 2 - Sub Lote D, entre los vértices Nº 13 al 14. Este : Con el Lote El Milagro 2 - Sub Lote 2A, entre los vértices Nº 3 al 13. Oeste : Con el Lote El Milagro 2 - Sub Lote 2A y área de la autopista de El Sol (Carretera Panamericana), entre los vértices Nº 14 al Nº 1. AREA AFECTADA DEL TERRENO 3,7014 Hectáreas PARTIDA REGISTRAL: 11141179 SUNARP ZONA REGISTRAL V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL. Expedido el 04.09.2015, mediante INFORME Nº 5711-2015-ZR-V-ST/OC, emitido por la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº V de la Sede de Trujillo. VALOR DEL AREA AFECTADA SEGÚN TASACION: S/. 111,042.00 VALOR TOTAL DEL AREA AFECTADA: S/. 111,042.00 VERTICE ESTE NORTE DISTANCIA (ml.) 1 716,583.228 9,112,337.191 2 716,623.246 9,112,306.783 50.261 3 716,579.669 9,112,235.373 83.656 4 716,576.137 9,112,224.870 11.081 5 716,577.491 9,112,213.873 11.081 6 716,608.081 9,112,129.007 90.210 7 716,619.611 9,112,113.178 19.583 8 716,760.288 9,112,004.507 177.762 9 716,779.464 9,111,926.499 80.330 10 716,683.544 9,111,717.882 229.612 11 716,682.410 9,111,714.181 3.871 12 716,631.390 9,111,696.263 54.076 13 716,630.174 9,111,705.219 9.038 14 716,633.561 9,111,728.865 23.887 15 716,717.258 9,111,910.897 200.352 16 716,721.390 9,111,953.290 42.594 17 716,697.938 9,111,989.490 43.132 18 716,579.444 9,112,081.026 149.732 19 716,565.158 9,112,100.639 24.264 20 716,524.673 9,112,212.953 119.387 21 716,528.110 9,112,246.869 34.090 1 716,583.228 9,112,337.191 105.811 1446364-1