Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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financiera a las distintas Unidades Ejecutoras, a nivel nacional, para lo cual emite la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0579, de fecha 07 de septiembre de 2016, por el monto de S/.11 145,893.00 (ONCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe N° 043-2016-SIS-FISSAL/ OPP, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Fondo Intangible Solidario de Salud emite opinión favorable sobre las transferencias financieras programadas en el marco de los convenios suscritos; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Pliego Seguro Integral de Salud y la Unidad Ejecutora 002 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Con el visto bueno del Secretario General del SIS, del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL, del Jefe de la Oficina de Administración, del Jefe de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo, de la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina Asesoría Jurídica del FISSAL, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del SIS; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro

Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N°002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002 -1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la suma total de ONCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 SOLES (S/.11'145,893.00), para las Unidades Ejecutoras que se detallan en los Anexos 01, 02, 03 y 04 que forman parte integrante de la presente Resolución, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los pagos Retrospectivo: Tarifado (Producción Abril a Junio 2016) y No Tarifado; Prospectivo: Preliquidado y Nominado, Calendario Setiembre 2016. Artículo 2.- Aprobar la desagregación de los recursos autorizados en la presente Resolución, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en la categoría presupuestal, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación. La Resolución Jefatural que aprueba la desagregación deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada, en la respectiva página web del Pliego. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General del SIS, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano", así como publicarla en la página web del Seguro Integral de Salud el texto de la presente Resolución y sus anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese; JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1429533-2

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