Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Oficina General de Administración del INDECI, resulta pertinente designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 0432013-PCM y con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Concluir, a partir del 01 de octubre de 2016, la designación del señor C.P.C JOSÉ LIZANDRO SERRANO MORÁN, en el cargo de Jefe de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar a partir del 01 de octubre de 2016, a la señora ZOILA MARÍA BARRANCA DENEGRI, en el cargo de Jefa de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a los interesados, a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. ALBERTO MANUEL LOZADA FRÍAS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1429507-3

prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento sustenta la necesidad de modificar la Resolución Jefatural N° 222-2016/SIS, incorporando en la transferencia a las cinco (05) Unidades Ejecutoras del Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud, que se encuentran dentro del convenio para pago Capitado, por el importe de S/ 100,000.00, indicando que es un adelanto del Componente II correspondiente al periodo fiscal 2016, con cargo a realizar el ajuste positivo o negativo; Que, estando a los principios de publicidad y transparencia que inspiran el proceso de ejecución presupuestaria y considerando la omisión antes señalada, resulta pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano" la modificación de la Resolución Jefatural N° 222-2016/ SIS, debiendo incluirse en ella el sustento legal de cápita en los considerandos y desagregando el importe transferido en Pago Preliquidado y Pago por Cápita ­ Componente II, manteniendo el Anexo 01 invariable en todos sus aspectos; Con el visto del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, de la Directora General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N°002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la Resolución Jefatural N° 2222016/SIS, incorporando dentro de sus considerandos el siguiente párrafo: "Que, mediante Resolución Jefatural N° 009-2016/SIS, se aprobaron las "Guías Técnicas para las Transferencias Financieras en el Primer Nivel de Atención": Guía Técnica que establece la Metodología para el Cálculo del Monto Cápita Basal en el Primer Nivel de Atención ­ COMPONENTE I, Guía Técnica de Metodología para el Cálculo del Monto por Cumplimiento de Compromisos de Gestión en el Primer Nivel de Atención ­ COMPONENTE II y la Guía Técnica de Metodología para el Cálculo del Monto por Cumplimiento de Metas Prestacionales en el Primer Nivel de Atención ­ COMPONENTE III;" Artículo 2.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 222-2016/SIS, indicando que la Transferencia Total por la suma de DIEZ MILLONES CON 00/100 SOLES (S/ 10'000,000.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de setiembre del 2016, para las Unidades Ejecutoras detalladas en el Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N°222-2016/SIS, es como sigue:
TOTAL RO 00-Recursos Ordinarios (RO) S/ 10,000,000.00 9,900,000.00 100,000.00

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican la R.J. N° 222-2016/SIS, mediante la cual se aprobó transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 225-2016/SIS Lima, 15 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Conjunto N° 005-2016-SIS/ GNF-SGF/RDLSM-PYHL con Proveído N° 025-2016SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando N° 619-2016-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 181-2016-SIS/OGAJ/ PGPF con Proveído N° 863-2016-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 222-2016/ SIS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el día 09 de septiembre de 2016, se aprobó la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras del Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud, con cargo al Calendario del mes de setiembre del 2016 para cubrir el concepto de pago por Preliquidado, informando a la vez que el importe a transferir a cada Unidad Ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y que el

{

- Pago Preliquidado S/ - Pago Capitado ­ Componente II S/ TOTAL GENERAL

S/ 10,000,000.00

Artículo 3.- Las precisiones efectuadas en el Artículo precedente no modifican las cifras del importe transferido a cada Unidad Ejecutora, ni la distribución a nivel de estructura funcional programática ­ EFP del SIS, quedando el anexo 01 de la Resolución Jefatural N°2222016/SIS invariable en todos sus aspectos. Artículo 4.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos

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