Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI"; Que, la modificación propuesta permitirá el trámite eficaz y eficiente de los proceso de cobranza de obligaciones liquidables originadas en procedimientos administrativos sancionadores que se encuentren dentro de la competencia de la Comisión de Infracciones y Sanciones ­ CIS de la APCI, hecho que se verá reflejado con el efectivo recupero de las referidas obligaciones; Que, por lo antes expuesto, es necesario aprobar la modificación de la Directiva "Procedimiento Sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI" para el mejor cumplimiento de los fines institucionales; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) - Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el literal o) numeral 6.6. y los literales c) y d) del numeral 7.7. de la Directiva "Procedimiento Sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentren bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI", aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva N° 125-2015/APCI-DE del 03 de setiembre de 2015, publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de mayo de 2016, conforme al siguiente texto: "(...) 6.6. La Secretaría Técnica: (...) o. Efectuar la liquidación de las multas impuestas que hayan quedado consentidas. (...) 7.7. Liquidación y requerimiento de pago de multas (...) c. Efectuada la liquidación de la multa, la Secretaría Técnica de la CIS remitirá el expediente a la Oficina General de Administración, a fin de dar inicio a las acciones de cobro de su competencia. d. El expediente que la Secretaría Técnica de la CIS remita a la Oficina General de Administración, deberá contener la resolución de sanción y su correspondiente cargo de notificación, precisando que a la fecha de remisión no existe recurso impugnatorio alguno pendiente de resolver, además de todo lo actuado en el procedimiento administrativo sancionador. (...)". Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la APCI: www.apci. gob.pe. Artículo 3º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA L. HERRERA COSTA Directora Ejecutiva 1428735-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Designan Jefa de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del INDECI
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 155-2016-INDECI 15 de setiembre 2016 VISTO: La Carta N° 001-2016-PPG, de fecha 12 de setiembre de 2016, presentada por la señora C.P.C Patricia Clotilde Palomino Gonzáles de Vergiu; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29664 y Decreto Supremo N° 002-2016-DE, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa; responsable técnico de los procesos de la gestión reactiva del riesgo de desastres en su calidad de integrante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD; Que, mediante Resolución Jefatural N° 004-2016INDECI, de fecha 15 de enero de 2016, se designó, a partir de esa fecha, a la señora C.P.C Patricia Clotilde Palomino Gonzáles de Vergiu, en el cargo de Jefa de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, mediante Carta de Vistos, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo, por lo que resulta conveniente aceptarla y dar por concluida la designación a que se contrae la Resolución antes citada; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que "la designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente"; Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del INDECI, resulta pertinente designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 0432013-PCM y con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Concluir, a partir del 15 de setiembre de 2016, la designación de la señora C.P.C PATRICIA CLOTILDE PALOMINO GONZÁLES DE VERGIU, en el cargo de Jefa de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar a partir del 15 de setiembre de 2016, a la señora C.P.C ANA MARÍA OCHOA HERNÁNDEZ, en el cargo de Jefa de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano,

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