Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

599300

NORMAS LEGALES

Viernes 16 de setiembre de 2016 /

El Peruano

conforme al artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 0072016/MDA, contendrá las nuevas zonas de trabajo, nuevos paraderos, reformulación de paraderos libres considerados en el Decreto de Alcaldía Nº 025 de fecha 14 de octubre de 2013, número máximo de Personas Jurídicas a autorizar, así como el número máximo de flota vehicular por persona jurídica, número máximo de unidades vehiculares en el Distrito, reformulación de paraderos autorizados que sean anti técnicos, entre otros aspectos que ayuden a ordenar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el Distrito de Ate; asimismo, con Informe Nº 544-2016-MDA/ GFC-SGCTSV, señala que teniendo en consideración que se culminó el procedimiento de contratación pública para otorgar la Buena Pro a una empresa especializada y con experiencia para que realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ Plan Regulador, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025; por lo tanto, es necesario ampliar la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016/ MDA de fecha 17 de marzo de 2016, por el periodo de 180 días calendario, a fin de que la Municipalidad Distrital de Ate realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador" aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025 de fecha 14 de octubre de 2013; Que, por las consideraciones expuestas resulta necesario modificar el artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016/MDA que dispone el plazo para que la Municipalidad realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate - "Plan Regulador", de manera que se incluya la restricción que a partir del décimo quinto día calendario posterior a la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldía, incorporar nuevas unidades vehiculares hasta la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldía que apruebe la Actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador" aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025 de fecha 14 de octubre de 2013; Que, mediante Informe Nº 833-2016 y Nº 844-2016MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta procedente emitir el Decreto de Alcaldía que amplíe la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016/MDA, por el periodo de 180 días calendario más, y se modifique el artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016/MDA que dispone el plazo para que la Municipalidad realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate - "Plan Regulador" e incluir la restricción de incorporar nuevas unidades vehiculares a partir del décimo quinto día calendario posterior a la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldía que apruebe la Actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador"; aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025-2013-MDA; Que, mediante Memorándum Nº 0869-2016-MDA/ GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016-MDA, de fecha 17 de marzo de 2016, por un periodo de 180 días calendario, a fin de que la Municipalidad Distrital de Ate realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador", aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025 de fecha

14 de octubre de 2013; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- MODIFÍQUESE, el artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 007-2016/MDA que dispone el plazo para que la Municipalidad realice la actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate - "Plan Regulador, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- DISPONER; que durante el periodo señalado en el artículo primero queda restringida la autorización (Resolución de circulación ­ Permiso de operación) de nuevas personas jurídicas para prestar Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate; del mismo modo, queda restringido a partir del décimo quinto día calendario posterior a la entrada en vigencia del presente Decreto de Alcaldía la incorporación de nuevas unidades vehiculares a la flota de las personas jurídicas autorizadas, hasta que se publique el Decreto de Alcaldía que apruebe la Actualización del Estudio Técnico del Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate ­ "Plan Regulador", aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 025 de fecha 14 de octubre de 2013. Artículo 3º.- DISPONER; que por Secretaría General se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo 4º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control de Tránsito y Seguridad Vial, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Formalización, Promoción Empresarial y Turismo, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1429357-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Prorrogan plazos de vigencia del régimen de excepción tributaria para deudas por concepto de impuesto predial y arbitrios, así como para incorporarse al sorteo del Programa de Reconocimiento e Incentivo para contribuyentes puntuales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2016-MDLO Los Olivos, 29 de agosto de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: VISTO: el Informe Nº 031-2016-MDLO/GAT/lpacheco de fecha 26 de agosto de 2016 de la Gerencia de Administración Tributaria, con Informe Nº 512-2016MDLO/GAJ de fecha 29 de agosto de 2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; con proveído Nº 953-2016 de fecha 29 de agosto de 2016 de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.