NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 (20/09/2016)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 11
599505 NORMAS LEGALES Martes 20 de setiembre de 2016 El Peruano / del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adición a sus funciones regulares; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida dicha designación en el marco de las disposiciones comprendidas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias; y la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del servidor JORGE FERNANDO SILVA CCANTO como Secretario Técnico de apoyo a las autoridades de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario y Sancionador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Recursos Humanos, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, así como al servidor referido en el artículo precedente, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1430502-1 Designan representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 255-2016-MIMP Lima, 19 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM, entre otros, se creó la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, con el objeto de coadyuvar en la coordinación y plani fi cación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir los delitos del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; y, encargada de hacer el seguimiento de la implementación, cumplimiento y actualización del Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, establece que la mencionada Comisión Ejecutiva Multisectorial está integrada, entre otros, por un/a representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 030- 2014-MIMP se designó a la señora Angela Teresa Hernández Cajo como representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo;Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto por el que se dé por concluida la designación de la referida persona, así como designar a el/la representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial antes señalada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, y sus modi fi catorias, así como el Decreto Supremo Nº 057- 2011-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la abogada Angela Teresa Hernández Cajo como representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo creada por Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM, y se le agradece por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a II de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad como representante de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, creada por Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia de la Comisión Ejecutiva Multisectorial antes señalada y a el/la Funcionario/a designado/a para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1430502-2 Declaran en Reorganización Administrativa a la Dirección General de Adopciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 256-2016-MIMP Lima, 19 de setiembre de 2016CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 4 de la precitada Ley señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337- Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, toda medida concerniente al niño, niña y adolescente que adopte el Estado a través del Poder Ejecutivo, entre otros, así como en la acción de la sociedad, considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos; en ese sentido, es interés primordial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, velar por el interés superior del niño, niña y adolescente; Que, asimismo los artículos 27 y siguientes del citado Código de fi ne al Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente como el conjunto de órganos, entidades y servicios público y privados que formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la protección y promoción de