Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2016 (20/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 20 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 004-2016-TR de fecha 11 de enero de 2016, se aprueba el Plan Operativo Institucional ­ POI 2016 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el mismo que fue modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 090 y 091-2016-TR de fecha 11 de mayo de 2016; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 130-2016-TR, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos, en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el año fiscal 2016, por un monto de Trescientos Noventa Mil Quinientos Veinticuatro y 00/100 Soles (S/. 390,524.00) provenientes de Saldos de Balance del ejercicio presupuestal 2015, en la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 131-2016TR, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos, en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el año fiscal 2016, por un monto de Ciento Ochenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Soles (S/. 183,759.00) provenientes de Saldos de Balance del ejercicio presupuestal 2015, en la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, a la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2016-TR que modifica el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 033-2016-TR; se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Año Fiscal 2016, correspondiente a la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", proveniente del primer desembolso en calidad de donación que el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO efectúa en el ejercicio fiscal 2015, hasta por la suma de Setecientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Ochenta y Nueve y 00/100 Soles (S/. 734,389.00) para los proyectos de Línea 1 "Capacitación e Inserción Laboral en la regiones de Piura y Cusco", en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias; Que, mediante Informe Técnico Nº 175-2016MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación de la modificación de metas físicas del Plan Operativo Institucional - POI 2016, que han sido motivadas por las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 71 de Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación Aprobar la Modificación del Plan Operativo Institucional - POI 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 004-2016-TR y modificado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 090 y 091-2016-TR, conforme al cuadro resumen de la modificación de metas físicas por meta

presupuestaria y a las programaciones de metas físicas, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución, manteniéndose subsistentes los demás extremos y alcances de dicho documento de gestión. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, darán estricto cumplimiento al contenido del Plan Operativo Institucional - POI 2016 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que se modifica, bajo responsabilidad. Artículo 3.- Del seguimiento y monitoreo La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectuará el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan Operativo Institucional - POI 2016 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- De la publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y los anexos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1430824-1

Designan representantes y Secretario Técnico del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2016-TR Lima, 16 de setiembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1717-2016-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Técnico N° 12-2016MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, y el Informe Nº 2643-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 051-2016TR, se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo", de carácter permanente, el cual tiene como objeto, promover la mejora y desarrollo de la empleabilidad, competitividad empresarial y productividad laboral, coadyuvando a la reducción de la brecha entre la oferta y demanda en el mercado de trabajo con la participación directa de los principales involucrados en el sector Turismo; Que, el artículo 4 de la citada resolución ministerial, establece que el Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo, estará conformado por diez (10) representantes titulares, y, diez (10) representantes alternos o suplentes, de los cuales, seis (6) son designados y presentados por los titulares de las entidades competentes a través de comunicación escrita dirigida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; doce (12) acreditados por el Ministerio Comercio Exterior y Turismo ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, dos (2) representantes son propuestos por las organizaciones, asociaciones o instituciones de trabajadores vinculados al sector correspondiente; para la designación de los representantes que conforman el

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