Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2016 (28/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

- Difundir una cultura de la formalidad en la población arequipeña, promoviendo acceso a la vivienda formal y desincentivando las invasiones. De acuerdo con el artículo 15, literal a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y según el artículo 38 de la citada Ley, dictan ordenanzas regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE VIVIENDA Y SUELO (PREVIS) DE AREQUIPA ­ REGIÓN AREQUIPA Articulo 1°.- APROBAR el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa elaborado por la Gerencia Regional de vivienda, Construcción y Saneamiento y la Cámara Peruana de la Construcción ­ CAPECO. Articulo 2°.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para la implementación del Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa, respetando las competencias de los diferentes niveles de Gobierno. Articulo 3°.- Señalar que la aprobación de los Reglamentos que sean necesarios para implementar el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa deberá contar con la previa opinión favorable del Consejo Regional de Arequipa. Articulo 4°.- Establecer que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinte días del mes de setiembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1433360-2

La Constitución Política del Estado señala en su artículo 192 que «los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo», estableciéndose en sus incisos 5 y 8 que los gobiernos regionales son competentes para promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes , así como fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional. La Ley de Bases de la Descentralización en su artículo 35 consagra la competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales de planificar el desarrollo integral de cada región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, así como la de administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal; La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 establece en su Artículo 58 diversas funciones en materia de vivienda y saneamiento, entre las cuales destacan las de * Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales; * Promover la ejecución de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizando los recursos públicos y privados y la utilización de los terrenos del gobierno regional y materiales de la región, para programas municipales de vivienda; e, * Incentivar la participación de promotores privados en los diferentes programas habitacionales, en coordinación con los gobiernos locales; El Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa que se ha puesto a consideración del Consejo Regional ha sido elaborado conjuntamente por los equipos de trabajo de la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Arequipa, contándose con la participación de los Gobiernos Locales de la Región Arequipa conforme se señala en el Oficio N° 511-2016GRA/GRVCS. El Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa contiene el ámbito de atención, la visión, la misión, los principios, los objetivos, las metas, las líneas estratégicas, los programas y actividades que deben ejecutarse para atender de manera eficiente las necesidades habitacionales y las demandas de suelo en la región durante los próximos cinco años, habiendo sido formulado en concordancia con las políticas y los planes nacionales de Vivienda y Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Plan Nacional de la Superación de la Pobreza, el Plan Nacional de Competitividad, la Carta de Política Social, el Acuerdo Nacional de Desarrollo Sostenible, el Plan Bicentenario y el Plan Estratégico Nacional ­ CEPLAN; Finalmente, tal como aparece en su Sección II Propósito, el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa ­ Región Arequipa tiene como Objetivos Generales: - Promover la generación de oferta diversificada de vivienda social en la metrópoli regional, en las ciudades intermedias y menores y en el área rural: - Contribuir a la implementación de equipamientos urbanos y rurales complementarios a las intervenciones de vivienda; - Coadyuvar a la superación de las condiciones de precariedad de los hogares que habitan en barrios urbano-marginales, zonas deterioradas de las ciudades y áreas rurales; - Incrementar significativamente las metas de colocación de los programas urbano-habitacionales del gobierno nacional en la región; y

Aprueban la creación de la "Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar"
ORDENANZA REGIONAL Nº 351-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, es política de Estado garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía,

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