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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 (28/09/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

600242 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2016 / El Peruano Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:La Constitución Política del Estado señala en su artículo 192 que «los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo», estableciéndose en sus incisos 5 y 8 que los gobiernos regionales son competentes para promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes , así como fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional. La Ley de Bases de la Descentralización en su artículo 35 consagra la competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales de plani fi car el desarrollo integral de cada región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, así como la de administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal; La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 establece en su Artículo 58 diversas funciones en materia de vivienda y saneamiento, entre las cuales destacan las de * Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales; * Promover la ejecución de programas de vivienda urbanos y rurales, canalizando los recursos públicos y privados y la utilización de los terrenos del gobierno regional y materiales de la región, para programas municipales de vivienda; e, * Incentivar la participación de promotores privados en los diferentes programas habitacionales, en coordinación con los gobiernos locales; El Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa que se ha puesto a consideración del Consejo Regional ha sido elaborado conjuntamente por los equipos de trabajo de la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Arequipa, contándose con la participación de los Gobiernos Locales de la Región Arequipa conforme se señala en el O fi cio N° 511-2016- GRA/GRVCS. El Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa contiene el ámbito de atención, la visión, la misión, los principios, los objetivos, las metas, las líneas estratégicas, los programas y actividades que deben ejecutarse para atender de manera efi ciente las necesidades habitacionales y las demandas de suelo en la región durante los próximos cinco años, habiendo sido formulado en concordancia con las políticas y los planes nacionales de Vivienda y Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Plan Nacional de la Superación de la Pobreza, el Plan Nacional de Competitividad, la Carta de Política Social, el Acuerdo Nacional de Desarrollo Sostenible, el Plan Bicentenario y el Plan Estratégico Nacional – CEPLAN; Finalmente, tal como aparece en su Sección II Propósito, el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa tiene como Objetivos Generales: - Promover la generación de oferta diversi fi cada de vivienda social en la metrópoli regional, en las ciudades intermedias y menores y en el área rural: - Contribuir a la implementación de equipamientos urbanos y rurales complementarios a las intervenciones de vivienda; - Coadyuvar a la superación de las condiciones de precariedad de los hogares que habitan en barrios urbano-marginales, zonas deterioradas de las ciudades y áreas rurales; - Incrementar signi fi cativamente las metas de colocación de los programas urbano-habitacionales del gobierno nacional en la región; y- Difundir una cultura de la formalidad en la población arequipeña, promoviendo acceso a la vivienda formal y desincentivando las invasiones. De acuerdo con el artículo 15, literal a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y según el artículo 38 de la citada Ley, dictan ordenanzas regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE VIVIENDA Y SUELO (PREVIS) DE AREQUIPA – REGIÓN AREQUIPA Articulo 1°.- APROBAR el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa elaborado por la Gerencia Regional de vivienda, Construcción y Saneamiento y la Cámara Peruana de la Construcción –CAPECO. Articulo 2°.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para la implementación del Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa, respetando las competencias de los diferentes niveles de Gobierno. Articulo 3°.- Señalar que la aprobación de los Reglamentos que sean necesarios para implementar el Plan Regional de Vivienda y Suelo (PREVIS) de Arequipa – Región Arequipa deberá contar con la previa opinión favorable del Consejo Regional de Arequipa. Articulo 4°.- Establecer que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinte días del mes de setiembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumplaDada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintidós días del mes de setiembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1433360-2 Aprueban la creación de la “Instancia Regional de Concertación de la Región Arequipa para Erradicar la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar” ORDENANZA REGIONAL Nº 351-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, es política de Estado garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía,