Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de abril de 2017 /

El Peruano

- OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1509242-1

Artículo 12.- Presidente de la Sala Especializada El Presidente de la Sala Especializada es elegido por sus miembros por el período de un (1) año. En caso de renuncia al cargo de Presidente se realizarán nuevas elecciones a fin de elegir al nuevo Presidente por el periodo antes señalado. Artículo 13.- Vocal Alterno 13.1 En los casos de vacancia, ausencia justificada, vacaciones, licencia, recusación o abstención de algún vocal de una Sala Especializada, ésta será integrada, para efectos de completar el quórum para sesionar, por un vocal de otra Sala. La nueva conformación de las Salas se formalizará mediante una Resolución de Consejo Directivo. (...) Artículo 14.- Abstención y Recusación de los vocales (...) 14.3 En caso se presente una recusación contra un vocal, esta será resuelta por el Presidente de la Sala Especializada. Si la recusación es contra el Presidente de la Sala Especializada, será resuelta por el Presidente de la Sala Plena. En cualquier caso, el recusado deberá presentar un informe sobre la recusación planteada en su contra. (...) Artículo 16.- Funciones de los vocales El vocal tiene las siguientes funciones: (...) f) Expresar por escrito, en el plazo previsto en el Numeral 11.2 del Artículo 11° del presente Reglamento, las razones de su voto singular o discrepante en las sesiones de su Sala y en Sala Plena. g) Completar otra Sala en los casos señalados en el Numeral 13.1 del Artículo 13° del presente Reglamento. (...) Artículo 17.- Conformación de la Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Ambiental (...) 17.2 El presidente de la Sala Plena será designado por el Consejo Directivo por un período de un (1) año, no siendo posible la reelección, a fin de garantizar el carácter rotativo de la designación. El Presidente de la Sala Plena tiene voto dirimente en las sesiones de la Sala Plena. 17.3 El vocal elegido como presidente de la Sala Plena deberá ejercer el cargo con exclusividad, en tanto dure su designación. (...) Artículo 22.- Funciones de la Secretaría Técnica Son funciones de la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental: (...) n) Formular, proponer y ejecutar el Proyecto de Presupuesto, el Plan de Desarrollo del Tribunal y demás documentos de gestión del Tribunal de Fiscalización Ambiental. (...)" Artículo 2.- Dejar sin efecto los Literales e) y h) del Artículo 15° y los Literales a) y c) del Artículo 19° del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2013-OEFA/CD. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental

Modifican la Res. N° 194-2016-OEFA/PCD, en lo referido a delegación de facultades en la Secretaría General del OEFA durante el año 2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 043-2017-OEFA/PCD Lima, 12 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular del OEFA y constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad; Que, asimismo, el citado Artículo señala que el Presidente del Consejo Directivo del OEFA se encarga de conducir el funcionamiento institucional y representar a la Institución ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; Que, por su parte, el Literal i) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA establece que el Presidente del Consejo Directivo del OEFA se encuentra facultado a delegar funciones relacionadas con las competencias de su cargo, siempre que no sean privativas del mismo; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 194-2016-OEFA/ PCD, la Presidencia del Consejo Directivo delegó en la Secretaría General, en la Oficina de Administración y en la Procuraduría Pública determinadas funciones hasta la culminación del Año Fiscal 2017, con el propósito de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa de la Entidad; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF regulan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme lo dispone el Artículo 8° de la Ley N° 30225, el Titular de la Entidad puede delegar mediante resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas -salvo aquellas que disponga el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado de acuerdo a la naturaleza de la contratación- y los otros supuestos que se establezcan en el referido Reglamento; Que, los Artículos 54°, 59° y 65° del Reglamento de la Ley N° 30225, modificado por Decreto Supremo N° 056-2017-EF, señalan que en el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria de bienes, servicios y consultorías en general deben contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 056-2017-EF, señala que los procedimientos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia de las modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobadas mediante el referido Decreto Supremo, se rigen por las normas vigentes al momento de su

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