Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 13 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 097-2017/SUNAT Lima, 11 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº SG/E/D1/501/2017 de fecha 14 de marzo de 2017, la Directora General de la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) convoca a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la Reunión de Expertos en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 17 al 19 de abril de 2017; Que, posteriormente, mediante Carta Nº 100.202.210.0223 de fecha 30 de marzo de 2017, la Directora de Gestión de Aduanas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia, comunica a la SGCAN la ampliación por un día más de la reunión presencial, quedando comprendida del 17 al 20 de abril de 2017; Que dicha ampliación obedece a la amplitud de los temas que serán materia de discusión y a la necesidad de concretar el objetivo de contar, luego de la reunión, con la nueva resolución que habilite la implementación de la Declaración Andina del Valor; Que el Perú, en su calidad de país miembro de la Comunidad Andina, representado por los funcionarios de la SUNAT, viene participando permanente y activamente en las Reuniones de Expertos en Valoración Aduanera de la SGCAN, en las que conjuntamente con los otros países miembros, se viene discutiendo un proyecto de normativa subregional (Resolución de la SGCAN); Que, asimismo, la citada reunión permitirá a los países miembros presentar y discutir las propuestas que han remitido a la SGCAN respecto a la modificación de las casillas de la Declaración Andina de Valor ­ DAV, aprobada mediante Resolución 1239 de la SGCAN, documento que constituye la Declaración del Valor en Aduana y que es soporte de la declaración en aduana de las mercancías importadas, debido a que contiene la información referida a los elementos de hecho y las circunstancias relativas a la transacción comercial de las mercancías importadas, que determinan el valor en aduana declarado; Que, al igual que las reuniones previas sostenidas durante el 2016, los países miembros han coincidido en la necesidad de revisar las casillas e información que exige la DAV, a fin de facilitar el llenado por parte del importador; Que la participación de la SUNAT en la mencionada reunión se enmarca dentro de los objetivos estratégicos de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, y reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, por cuanto ambos son los propósitos subyacentes del proyecto de normativa comunitaria que se abordará en la referida reunión; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes Técnicos Electrónicos Nºs 00006-2017-5F0000 y 000082017- 5F0000 de fechas 27 de marzo y 4 de abril de 2017, respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de la trabajadora Milldred María Quiñones Durán, Jefe (e) de la División de Valoración de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Operadores de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de

la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Milldred María Quiñones Durán del 16 al 21 de abril de 2017, para participar en la Reunión de Expertos en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la trabajadora Milldred María Quiñones Durán, Jefe (e) de la División de Valoración de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Operadores de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, del 16 al 21 de abril de 2017, para participar en la Reunión de Expertos en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 17 al 20 de abril de 2017. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Milldred María Quiñones Durán Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 748,38 Viáticos US$ 1 850,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1508474-1

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