Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 13 de abril de 2017

NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

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130-2017-VIVIENDA, mediante los cuales se autorizó las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y la EMAPAVIGS S.A.C., hasta por los montos de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00) respectivamente, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; precisándose que las citadas transferencias están destinadas a la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW; Que, en ese sentido, corresponde modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, conforme a lo señalado en el considerando precedente, a fin de efectivizar las Transferencias Financieras a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y la EMAPAVIGS S.A.C., por los montos de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), respectivamente, para los destinos antes indicados; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificación de los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA Modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Transferencias Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), destinada al financiamiento de la ejecución de las medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II. Artículo 3.- Transferencias Financiera a favor de la EMAPAVIGS S.A.C. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. (EMAPAVIGS S.A.C.), destinada al financiamiento de la ejecución de las medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1509014-1

DESPACHO PRESIDENCIAL
Encargan puesto de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 041-2017-DP/SG Lima, 12 de abril de 2017 VISTO: el Informe Nº 085-2017-DP/SSG-ORH del 10 de abril de 2017 de la Oficina de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 037-2017-PCM, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016PCM, así como el organigrama del mismo, el cual contempla a la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa como órgano dependiente de la Secretaria General; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 038-2017-DP/SG, se aprueba el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial ­ CAP Provisional del DP; a través del cual se advierte el puesto de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa clasificado como empleado de confianza conforme a lo establecido en el Clasificador de Cargos, modificado mediante Resolución de Secretaría General N° 037-2017-DP/SG; Que, dentro de este contexto se encuentra vacante el puesto de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa, por lo que resulta necesario encargar al funcionario que ocupará el referido cargo, a fin de garantizar la continuidad de las labores propias del acotado órgano; Que, mediante el documento del Visto, la Directora (e) de la Oficina de Recursos Humanos, considera viable se efectué el encargo del puesto de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencia al señor Alberto José Cabello Ortega, en adición a su cargo como Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República; Que, de conformidad con el numeral e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 037-2017-PCM y la Directiva N° 001-2017-DP/SSG "Lineamientos para la acción administrativa del encargo o designación temporal en el Despacho Presidencial", aprobada por Resolución de Subsecretaría General N° 007-2017-DP/SSG; Contando con el visto de la Subsecretaría General, la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar, a partir de la fecha, el puesto de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial al señor Alberto José Cabello Ortega, en adición a su cargo como Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República. Artículo 2.- La Oficina de Recursos Humanos se encargará de notificar al citado funcionario la presente resolución, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese. MARÍA LILA IWASAKI CAUTI Secretaria General de la Presidencia de la República 1509248-1

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