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32 NORMAS LEGALES Jueves 13 de abril de 2017 / El Peruano Localidad: TUNAL-YAMANGO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75Total de canales: 6La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SAPALACHE Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75Total de canales: 5La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SAN MIGUEL DE EL FAIQUE-CANCHAQUE Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75Total de canales: 7La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SONDOR-SONDORILLO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75Total de canales: 5La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1508137-1VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Modifican la R.M. Nº 130-2017-VIVIENDA, que autorizó transferencias financieras a favor de EPS SEMAPACH S.A. y EMAPAVIGS S.A.C., para la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2017-VIVIENDA Lima, 12 de abril de 2017CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, de fecha 05 de abril de 2017, se autorizó a realizar, entre otros, Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), a favor del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A). y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. (EMAPAVIGS S.A.C.), respectivamente, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; destinadas al fi nanciamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del Programa de Medidas de Rápido Impacto (PMRI II); Que, en el Convenio Nº 351-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEMAPACH S.A., tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia fi nanciera de recursos del citado ministerio a favor de la EPS SEMAPACH S.A., hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW; Que, en el Convenio Nº 352-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EMAPAVIGS S.A.C, tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia fi nanciera de recursos del ministerio a favor de la EMAPAVIGS S.A.C., hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW; Que, con Memorando Nº 611-2017/VIVIENDA-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 130-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Ofi cina de Presupuesto, e informa que las transferencias fi nancieras que establecen los Convenios Nº 351 y 352-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU están destinadas a la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II; por lo que, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que modi fi que los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº