Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Localidad: TUNAL-YAMANGO

NORMAS LEGALES
Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SAPALACHE Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SAN MIGUEL DE EL FAIQUE-CANCHAQUE Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW. Localidad: SONDOR-SONDORILLO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1

Jueves 13 de abril de 2017 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Modifican la R.M. Nº 130-2017-VIVIENDA, que autorizó transferencias financieras a favor de EPS SEMAPACH S.A. y EMAPAVIGS S.A.C., para la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2017-VIVIENDA Lima, 12 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, de fecha 05 de abril de 2017, se autorizó a realizar, entre otros, Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), a favor del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A). y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. (EMAPAVIGS S.A.C.), respectivamente, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; destinadas al financiamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del Programa de Medidas de Rápido Impacto (PMRI II); Que, en el Convenio Nº 351-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEMAPACH S.A., tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia financiera de recursos del citado ministerio a favor de la EPS SEMAPACH S.A., hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW; Que, en el Convenio Nº 352-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EMAPAVIGS S.A.C, tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia financiera de recursos del ministerio a favor de la EMAPAVIGS S.A.C., hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW; Que, con Memorando Nº 611-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 130-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, e informa que las transferencias financieras que establecen los Convenios Nº 351 y 352-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU están destinadas a la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II; por lo que, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que modifique los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº

KW.

Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1508137-1

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