Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de abril de 2017 /

El Peruano

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Ejecutoria Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y archívese. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1508075-1

de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Mayo del 2017, el plazo del vencimiento del pago al contado y/o de la primera cuota para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al año 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Públicas su difusión, a la Secretaria General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www.munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y archívese. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 1508073-1

Prorrogan plazo de vencimiento de pago al contado y/o de primera cuota para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios correspondientes al año 2017
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-17 MCPSMH C.P. Santa María de Huachipa, 31 de marzo del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARIA DE HUACHIPA VISTO: El Informe Nº 033-2017-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, así como el Informe Nº 049-2017/GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 121-MCPSMH, se estableció las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial del presente ejercicio fiscal, fijándose en su artículo segundo, el primer vencimiento el 28 de febrero del 2017, para el pago al contado y/o de la primera cuota trimestral, prorrogando hasta el 31 de marzo mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2017/MCPSMH. Que, la Gerencia de Administración Tributaria de acuerdo al Informe de Vistos, señala que como consecuencia de los fenómenos naturales acaecidos en el mes de marzo, como es el desborde del Río Rímac, el Centro Poblado Santa María de Huachipa, fue objeto de inundaciones que ocasionaron grandes daños materiales y económicos, a los vecinos de este Centro Poblado, en especial a los predios cuyo uso esta destinado a Casa Habitación ubicados en las Zonas de La Capitana, El Club I y II Etapa y Los Huertos de Huachipa, razón por la cual resulta conveniente y necesario ampliar el plazo de vencimiento del pago al contado y/o 1ra. Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios hasta el 31 de mayo del 2017. Que, mediante el Informe del Visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo de la prórroga del vencimiento del Impuesto Predial 2017, puesto que se encuentra facultado el Alcalde mediante Ordenanza Nº 121-2017/MCPSMH. Que, la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 121-MCPSMH faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prorroga de las fechas de vencimiento establecidas en el artículo segundo. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Aprueban Reglamento que Establece los Aspectos Técnicos y Administrativos para la Ubicación de Elementos de Publicidad en el distrito
ORDENANZA Nº 513-2017-MDJM Jesús María, 3 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Jesús María, en sesión ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 070-2016-MDJM-GDES, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, el Memorándum Nº 089-2017-MDJM-GAJyRC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.6.3, del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, normar, regular, otorgar autorizaciones para la ubicación de avisos publicitarios; Que, la Ordenanza Nº 1094-MML, publicada el 23 de noviembre de 2007, regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios en la Provincia de Lima, la cual establece que las Municipalidades Distritales son competentes para normar complementariamente en dicha materia;

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