Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2017 (20/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de abril de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban nueva Estructura Orgánica y nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 345 San Juan de Lurigancho, 23 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de marzo de 2017, el Informe Nº 071-2017-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 096-2017-GP/MDSJL de la Gerencia de Planificación, el Informe Nº 029-2017-SGDICNI-GP/MDSJL de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, todos de fecha 17 de marzo de 2017, y documentos conexos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba la nueva Estructura Orgánica y el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM), los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 9º numeral 3) de la LOM establece que, corresponde al concejo municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el artículo 40º dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, el mismo que define a la Estructura Orgánica como el conjunto de órganos interrelacionados racionalmente entre sí para cumplir funciones preestablecidas que se orientan en relación con

objetivos derivados de la finalidad asignada a la Entidad, y al Reglamento de Organización y Funciones como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la Estructura Orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, el artículo 9º del precitado Decreto señala que, el Reglamento de Organización y Funciones establece: a) La estructura orgánica de la entidad; b) Las funciones generales y específicas de la entidad y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, y c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y entidades cuando corresponda; asimismo, en su artículo 33º dispone que los Reglamentos de Organización y Funciones de las Entidades requieren de un informe previo favorable para su aprobación cuyo objetivo es la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en los citados lineamientos y en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y demás normativa vigente; debiendo acompañarse el proyecto de ROF, el proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, y el Informe Técnico Sustentatorio; los mismos que deben estar debidamente visados por el órgano responsable de su elaboración y el órgano de asesoría jurídica de la entidad o el que haga sus veces. Además exige que debe tenerse en cuenta que no exista duplicidad de funciones entre los órganos de la entidad y entre ésta y las demás entidades públicas que actúan en su circunscripción; Que, bajo ese contexto normativo y de conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 002-2015-MDSJL/CM del 07 de enero de 2015, que declara de Necesidad Institucional la Adecuación de los Instrumentos de Gestión, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, con Informe Nº 029-2017-SGDICNI-GP/MDSJL de fecha 17 de marzo de 2017, con la conformidad de la Gerencia de Planificación (según Memorándum Nº 096-2017-GP/ MDSJL de la misma fecha), sustenta la aprobación de la nueva Estructura Orgánica y el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, sobre la base de los cambios normativos que han afectado las competencias de las diferentes unidades orgánicas; Que, se advierte que la referida propuesta que se encuentra en concordancia con lo establecido en el artículo 28º de la LOM, y responde al marco normativo vigente, a las necesidades del Plan de Desarrollo Concertado 20172021 y al Plan de Gobierno Municipal 2015-2018, que constituyen instrumentos de gestión que exigen cumplir niveles óptimos de eficiencia, transparencia y modernidad en la prestación de servicios a la ciudadanía, debiendo ser aprobada la norma que perfeccione la propuesta para dichos fines; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según el Informe Nº 071-2017-GAJ/MDSJL de fecha 17 de marzo de 2017, de conformidad con los incisos 3) y 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, se aprobó la siguiente norma.

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