Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de abril de 2017 /

El Peruano

cuales se encuentran los organismos constitucionalmente autónomos como es el caso del RENIEC; Que la referida directiva establece en su artículo V numeral 5.2 que el Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos debe contener los siguientes aspectos: alcance, realidad archivística institucional, política institucional, objetivos generales, objetivos específicos, programación de actividades y presupuesto. Asimismo, en el numeral 5.3 de la acotada norma se precisa que el Plan antes señalado debe ser aprobado por resolución de la más alta autoridad o cargo equivalente dentro de la respectiva entidad, según sea el caso y se remita al Archivo General de la Nación en el mes de febrero de cada año; Que en atención a ello, mediante el documento de vistos, la Oficina de Administración de Archivos de la Secretaría General del RENIEC, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0732016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), solicita la aprobación del "Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2017"; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que el "Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2017", ha sido formulado de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 003-2008-AGN/DNDAAI, referida a las "Normas para la Formulación y Aprobación del Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos de las Entidades de la Administración Pública"; Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan Anual de Trabajo del Órgano de Administración de Archivos del RENIEC para el Ejercicio 2017", que en anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan aprobado en el artículo precedente sea remitido al Archivo General de la Nación. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1511142-1

el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Narutales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor William Fernando Velez Cortes, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor William Fernando Velez Cortes, con matrícula número N-4526, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1510981-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Ordenanza que prohíbe la construcción de voladizos sobre la vía pública y las construcciones que invadan la faja de servidumbre eléctrica e incumplan las distancias mínimas de seguridad, en el distrito de Ancón
ORDENANZA Nº 364-2017-MDA Ancón, 27 de marzo de 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 032-2017/MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 0066-2017/MDA/GM/ SGGRDDS de la Subgerencia de la Gestión de Riesgo del Desastre y Desarrollo Sostenible, el Informe Nº1452017/GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 346-2017-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y,

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1237-2017 Lima, 23 de marzo de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor William Fernando Velez Cortes para que se autorice su inscripción en

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