Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2017 (21/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 21 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Ordenanza Nº 545-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27.12.2016, se aprobó la aplicación para el ejercicio 2017, de la Ordenanza Nº 525-MSS, respecto al marco legal y disposiciones para el cálculo de los arbitrios municipales para el año 2016, en cuya Segunda Disposición Final, se estableció descuentos como incentivo por el abono oportuno de los arbitrios municipales del año 2017, hasta el 28 de febrero del mismo año, plazo que fue prorrogado por el Decreto de Alcaldía Nº 03-2017-MSS, hasta el 31.03.2017; Que, con Memorándum Nº 162-2017-GAT-MSS del 21.03.2017, la Gerencia de Administración Tributaria, remite el proyecto de Ordenanza, que propone otorgar los siguientes beneficios: i) Los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus arbitrios municipales y cancelen todas sus cuotas no vencidas de arbitrios municipales del ejercicio 2017 correspondientes a un mismo predio hasta el último día de vigencia de la Ordenanza (30.04.2017), obtendrán un descuento del 10% respecto del monto total pagado. ii) Los contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de sus arbitrios municipales de ejercicios anteriores, pero que, hasta el último día de vigencia de la Ordenanza (30.04.2017), cancelen todos sus arbitrios municipales del ejercicio 2017 correspondientes a un mismo predio, tanto las cuotas vencidas más sus respectivos intereses como las cuotas no vencidas, obtendrán un descuento del 4% del monto total que le corresponda pagar por las cuotas no vencidas de dicho predio; Que, la Gerencia de Administración Tributaria agrega, que el objetivo de la propuesta de Ordenanza, es promover una cultura tributaria en el contribuyente y estimular el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, sustentando la misma, en que se encuentra dirigida a los contribuyentes que no pudieron acogerse a los descuentos por el abono oportuno de los arbitrios municipales, dispuestos en la Ordenanza Nº 545-MSS, cuyo plazo de aplicación del beneficio fue prorrogado hasta el 31.03.2017, siendo que dicha fecha coincide con los gastos escolares de inicio de año que afrontan la mayoría de los contribuyentes. En tal sentido, de acuerdo con la política social de la Corporación, la citada Gerencia ha elaborado el presente proyecto de Ordenanza que otorga incentivo extraordinario por el abono del total de las cuotas pendientes de arbitrios municipales del ejercicio 2017, que se efectúe hasta el 30.04.2017; Que, mediante Informe Nº 221-2017-GAJ-MSS del 21.03.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que conforme a lo establecido en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta innecesaria la prepublicación del presente proyecto de Ordenanza, dado que el mismo no constituye la creación de nuevos tributos u obligaciones para los administrados, ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios existentes y vigentes a la actualidad, sino que, por el contrario constituye un beneficio para los contribuyentes del distrito, concluye por considerar procedente el presente proyecto de Ordenanza, debiendo elevarse al Concejo Municipal, para su aprobación; Que, con Memorándum Nº 157-2017-GM-MSS del 22.03.2017, la Gerencia Municipal señala encontrar conforme la presente propuesta de Ordenanza; Que, estando al Dictamen Conjunto Nº 04-2017-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 221-2017-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA INCENTIVO EXTRAORDINARIO POR EL ABONO DEL TOTAL DE LAS CUOTAS PENDIENTES DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2017 Artículo Primero.- Los contribuyentes que se encuentren al día en el pago de sus Arbitrios Municipales

y cancelen todas sus cuotas no vencidas de Arbitrios Municipales del ejercicio 2017 correspondientes a un mismo predio hasta el último día de vigencia de la presente ordenanza, obtendrán un descuento del 10% respecto del monto total pagado. Artículo Segundo.- Los contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de sus arbitrios municipales de ejercicios anteriores, pero que, hasta el último día de vigencia de la presente ordenanza, cancelen todas sus cuotas de Arbitrios Municipales del ejercicio 2017 correspondientes a un mismo predio, tanto las cuotas vencidas más sus respectivos intereses como las cuotas no vencidas, obtendrán un descuento del 4% del monto total que le corresponda pagar por las cuotas no vencidas de dicho predio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y regirá hasta el 30 de abril de 2017. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de la presente Ordenanza y sus alcances. Tercera.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, conforme al Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 2002010-PCM. Cuarta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1511009-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA
Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a Francia, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL N° 0201-2016-MPA Arequipa, 2016 diciembre 30 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 30 de Diciembre del 2016, el expediente Nro. 103635-2016, sobre autorización de viaje al Extranjero por representación institucional, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía

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