Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 29 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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del trámite por la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE, a las siguientes personas: - TITULAR Señora Rosa Verónica Zambrano Copello. - ALTERNO Señora Mariela Gutarra Ramos. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 826-2014-MTC/01, de fecha 02 de diciembre de 2014. Artículo 4.- Los/Las representantes de este Ministerio designados/as por el artículo 1, deberán llevar a cabo el encargo encomendado, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-MTC/09, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 001-2007-MTC/09. Artículo 5.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la Autoridad Portuaria Nacional así como a los/las representantes designados/as por los artículos 1 y 2, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1514987-1

Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261­Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PUMA AIR S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo­Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa PUMA AIR S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad técnica. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Trabajo Aéreo ­ Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - AS 350 B3 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Ciro Alegría, Chachapoyas, Galilea, Rodríguez de Mendoza, Helipuerto Kusu Grande ­ Estación 6. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Helipuerto de Sayla, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Luisiana, Palmpampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén, Helipuerto Playa Azul ­ Estación 8. DEPARTAMENTO: CUZCO - Cusco, Helipuerto Campamento Base Quincemil, Helipuerto Cashiari 3, Helipuerto HP-7, Helipuerto

Otorgan a la empresa Puma Air S.A.C., el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 195-2017-MTC/12 Lima, 31 de marzo del 2017 Vista la solicitud de la empresa PUMA AIR S.A.C., sobre otorgamiento del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo­Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº T-3480212016 del 30 de diciembre del 2016 y Documento de Registro Nº E-028864-2017 del 01 de febrero del 2017 la empresa PUMA AIR S.A.C. solicitó el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo­ Agrícola, Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección de la Fauna, Prospección, Carga Externa, Combate de Incendios; Que, según los términos del Memorando Nº 1932017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 054-2017-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones, Memorando Nº 023-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 005-2017MTC/12.07.EEF emitido por el Coordinador Técnico de Asuntos Económico-Financieros, Informe Nº 020-2017MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 144-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261­Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del

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