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26 NORMAS LEGALES Sábado 29 de abril de 2017 / El Peruano señalando que la modi fi cación obedece a la aprobación de los Decretos Legislativos N° 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa y N° 1272 - Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, precisando que no implica la creación de nuevos procedimientos ni el incremento de los derechos de tramitación o requisitos; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir el acto por el cual se modi fi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del MIMP Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, modi fi cado con Resolución Ministerial N° 268-2015-MIMP, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Actualización del Sistema de Trámite Documentario Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Administración, proceda a la actualización del Sistema de Trámite Documentario, de conformidad con lo aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en el portal del Diario O fi cial El Peruano (www.elperuano. com.pe/) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1514174-1 Designan a la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2017-MIMP Lima, 28 de abril de 2017 Vistos, el Memorando Nº 245-2017-MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 048-2017-MIMP/OGPP-OIN de la O fi cina de Inversiones y el Informe Nº 081-2017-MIMP/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables–MIMP; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1252 crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la mencionada norma señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, asimismo el literal d) del artículo 6° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF y su modi fi catoria, señala que corresponde al Titular del Sector designar al órgano que realizará las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, así como al Responsable de dicha O fi cina, el mismo que deberá cumplir con el per fi l establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26° del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los procesos técnicos de los sistemas de planeamiento, presupuesto, inversión pública, modernización de la gestión pública, en concordancia con lo dispuesto en el literal h) del artículo 27° de la citada norma, donde se dispone que le corresponde a dicha O fi cina General conducir, coordinar y supervisar la programación, priorización y evaluación de estudios y proyectos, conforme a las normas que regulan el Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, en ese marco legal, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través del informe de vistos sustenta las razones por las cuales la O fi cina de Inversiones del MIMP es el órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, señaladas en el numeral 7.1 del artículo 7° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, asimismo propone designar al Director de la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como funcionario responsable de dicha Ofi cina y dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 109- 2013-MIMP que designó al profesional de la O fi cina de Presupuesto e Inversiones – OPI como responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones–OPI del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158–Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mu jer y Poblaciones Vulnerables, en el Re glamento de Organización y Funciones del MIMP aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias y en el Decreto Legislativo N° 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la O fi cina de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como