Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de abril de 2017 /

El Peruano

Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado; Que, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, en el artículo IV del Título Preliminar, dispone que se declare de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el artículo 82º numeral 12) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, señala que la Municipalidad es la competente de promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 83/INC, de fecha 19 de enero del 2006, se declara Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos "Fortaleza y Anexos", "Cerro La Horca" y "Cementerio La Horca", ubicados en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1737/INC, de fecha 13 de agosto del 2010, se aprueban los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos: Cerro La Horca y Cementerio La Horca; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1925/INC, de fecha 03 de setiembre del 2010, se modifica el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 83/ INC, declarando Patrimonio Cultural de la nación a la Zona Arqueológica Monumental Fortaleza de Paramonga y a los Sitios Arqueológicos Anexo 1, Anexo 2, Cerro La Horca y Cementerio La Horca, ubicados en el Distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, la Zona Arqueológica Monumental Fortaleza de Paramonga se encuentra registrada en el Inventario Nacional de Recursos Turísticos (Ficha 1298) en la categoría de manifestaciones culturales (el que se puede visualizar en la página web oficial del Ministerio del Comercio Exterior y Turismo). El mencionado recurso turístico, por su valor histórico y arquitectónico; representan un potencial turístico para el distrito de Paramonga; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 1602013-CR/GRL, de fecha 26 de setiembre del 2013 se declaró de interés regional la puesta en valor de la zona arqueológica monumental Fortaleza de Paramonga y los sitios arqueológicos Anexo 1, Anexo 2, Cerro La Horca y Cementerio La Horca; Que, según lo dispuesto en el Artículo 9º, numeral 8 de la Ley Nº 27972, corresponde al Consejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, consiguientemente se hace necesaria la aprobación de diversos instrumentos legales a fin de promover la protección, conservación y difusión del patrimonio cultural que se encuentra dentro de la jurisdicción del distrito; Que, de conformidad a los dispuesto en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, se ha determinado que las Ordenanzas Municipales son las normas adecuadas por medio de las cuales se aprueban los reglamentes o legislaciones de carácter local; Que, en virtud a lo anterior, mediante Informe Nº 0742017/SUBGDHE/MDP, de fecha 06 de marzo del 2017, la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, hace llegar el Proyecto de Ordenanza Municipal que declara de Interés Público y de Prioridad Distrital la Puesta en Valor de la Zona Arqueológica Monumental Fortaleza de Paramonga y los Sitios Arqueológicos Anexo 1, Anexo 2, Cerro La Horca y Cementerio La Horca; Que, al respecto la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, con Opinión Legal Nº 067-2017-SGAJ/MDP de fecha 08 de marzo del 2017, concluye que es viable que el señor Alcalde en uso de sus atribuciones y facultades legales, haga suya la propuesta de Ordenanza y disponga su elevación al Pleno del Concejo para el trámite pertinente de su debate y aprobación si fuere el caso (...); Estando a lo expuesto y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de marzo de 2017, y

de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Paramonga con el voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado la siguiente: "QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD DISTRITAL LA PUESTA EN VALOR DE LA ZONA ARQUEOLÓGICA MONUMENTAL FORTALEZA DE PARAMONGA Y LOS SITIOS ARQUEOLÓGICOS ANEXO 1, ANEXO 2, CERRO LA HORCA Y CEMENTERIO LA HORCA" Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público y de Prioridad Distrital la Puesta en Valor de la Zona Arqueológica Monumental Fortaleza de Paramonga y los Sitios Arqueológicos Anexo 1, Anexo 2, Cerro La Horca y Cementerio La Horca. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Económico, para que a través de la Oficina de Desarrollo Económico y Turismo para que en el marco de sus competencias y funciones, implementen y ejecuten acciones y programen la formulación de proyectos de Inversión que busquen concretar la declaratoria establecida en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la sub gerencia de administración, para que en el marco de sus competencias y atribuciones y en concordancia como titular del Pliego Presupuestario, asigne los suficientes recursos financieros, que permita ejecutar lo dispuesto en los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la Publicación de en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Paramonga http://www.muniparamonga.gob.pe/ POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. Dado en la Municipalidad Distrital de Paramonga, a los diez días del mes de marzo del dos mil diecisiete. FERNANDO F. ALVARADO MORENO Alcalde Distrital de Paramonga 1511800-2

Declaran de interés público y de prioridad distrital la creación del Museo Municipal del distrito de Paramonga
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2017-CM/MDP Paramonga, 10 de marzo del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de marzo del 2017, el Informe Nº 075-2017/SUBGDHE/ MDP, de fecha 07 de marzo del 2017, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Económico; la Opinión Legal Nº 066-2017-SGAJ/MDP de fecha 08 de marzo del 2017, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que declara de Interés Público y de Prioridad Distrital la Creación del Museo Municipal del Distrito de Paramonga, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar

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