Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 29 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley de Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el referido Sistema Nacional con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país. Que, el numeral 5.4 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, dispone que las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, tienen a su cargo la fase de Programación Multianual del Ciclo de Inversiones; verifican que la inversión se enmarque en el Programa Multianual de Inversiones; realizan el seguimiento de las metas e indicadores previstos en el Programa Multianual de Inversiones y monitorean el avance de la ejecución de los Proyectos de Inversión. Que, el artículo 6 del Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF , en adelante el Reglamento, establece que el Gobernador Regional es el Órgano Resolutivo, encargado, entre otros aspectos, de designar al órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el que en ningún caso podrá coincidir con los órganos que realizan las funciones de la Unidad Formuladora y Unidades Ejecutoras de Inversiones: Que, el artículo 29-A de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial le corresponde ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva, inversiones, presupuesto, tributación y ordenamiento territorial; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sustenta y recomienda designar a la Oficina de Programación e Inversiones como el órgano encargado de cumplir las funciones dispuestas en el numeral 7.2 del artículo 7 del Reglamento, correspondiente a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones en el Gobierno Regional del Callao. Que, en consecuencia, es necesario disponer que la Oficina de Programación e Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, cumpla las funciones de la Oficina de Promoción Multianual de Inversiones en el Gobierno Regional del Callao, las cuales se encuentran previstas en el numeral 7.2 del artículo 7 del Reglamento; De conformidad con la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, el Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y con las visaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER que la Oficina de Programación e Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, cumpla las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones dispuestas en el numeral 7.2 del artículo 7 del Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional del Callao y en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- REMITIR copia de la presente Resolución Ejecutiva Regional al Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo la notificación de la presente Resolución Ejecutiva Regional. Regístrese y comuníquese. WALTER MORI RAMIREZ Gobernador (e) 1514254-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Designan responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 073-2017/MDCH Chaclacayo, 18 de abril de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO VISTO: El Informe Nº 144-2017-SGRH-GAF-MDCH, de la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe Nº 091-2017-GAF/MDCH, de la Gerencia de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley Nº 27736 ­ Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establecen la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación se debe realizar mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios ­CAS, régimen que asimismo, exige a las entidades públicas publicar las convocatorias a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, conforme a lo señalado en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 063-2017/ MDCH, del 03 de abril de 2017, se designa a la Abogado Natali Yuliana Laureano Tejada, en el cargo de Subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Que, en ese contexto y con la finalidad de dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, resulta pertinente proceder a designar al funcionario de la Entidad, que será el responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a la Dirección General del

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