Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de abril de 2017 /

El Peruano

Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Estando a lo expuesto y, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Abog. Natali Yuliana Laureano Tejada, Subgerente de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a través de Secretaría General. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Funcionario designado en el artículo 1º; asimismo, a la Subgerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente en el Portal Institucional de la Municipalidad de Chaclacayo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1514504-1

condición de contraer matrimonio civil para contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad. Que, mediante Informe Nº003-2017-UEC-SG-MDEA de la Unidad de Estado Civil, remite la propuesta de Programación de Matrimonio Civil Comunitario y Tarifa Social del Año 2017, siendo su objetivo el cumplimiento de las funciones de carácter social y comunal de la municipalidad, brindando facilidades a los vecinos del distrito que deseen unirse mediante matrimonio en una comunidad de vida, y promover la formalización y regularización de las uniones de hecho, proponiendo una tarifa social, debiendo elaborarse la Ordenanza Municipal correspondiente. Estando en lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA DE PROGRAMACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Y TARIFA SOCIAL DEL AÑO 2017, EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo Primero.- APROBAR la Programación del Matrimonio Civil Comunitario y Tarifa Social, a realizarse el día 20 de mayo y el 02 de diciembre del año 2017, en el distrito de El Agustino. Artículo Segundo.- APROBAR la Tarifa Social del Matrimonio Civil Comunitario en S/. 80.00 Nuevos Soles, propuesto por la Unidad de Estado Civil, para las fechas señaladas en el artículo primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLECER como requisitos del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2017, lo establecido en el artículo 248º del Código Civil. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del plazo de la publicación de Edictos Matrimoniales a los contrayentes que participen en el Matrimonio Civil Comunitario 2017, conforme a lo dispuesto en el artículo 252º del Código Civil. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Imagen Institucional y demás áreas involucradas, brinden su apoyo logístico a la Unidad de Estado Civil. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sétimo.- ENCARGAR al Secretario General y la Gerencia de Administración y Finanzas, disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www. mdea.gob.pe), y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la correspondiente difusión masiva del Matrimonio Civil Comunitario del año 2017. POR LO TANTO

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Ordenanza de Programación de Matrimonio Civil Comunitario y Tarifa Social del año 2017, en el distrito de El Agustino
ORDENANZA Nº 616-2017-MDEA EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO Visto en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2017, el Informe Nº 033-2017-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº002-2017-SG/MDEA emitido por la Secretaria General, el Informe Nº046-2017GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 060-2017/GPLAN-MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº003-2017-UEC-SG-MDEA emitido por la Unidad de Estado Civil, respecto a la propuesta de "Ordenanza de Programación de Matrimonio Civil Comunitario y Tarifa Social del Año 2017, en el Distrito de El Agustino"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala: "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico." Que, la norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1033-2013EF, señala que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ello, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Que, es política de la Municipalidad Distrital de El Agustino, promover el matrimonio como institución social y jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en

Regístrese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1513906-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban Programa de Vigilancia Monitoreo de la Contaminación Sonora
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-MDLO Los Olivos, 30 de marzo de 2017 VISTOS: el Oficio Circular Nº 002-2017-MML/ GSCGA-SGA de fecha 24 de febrero de 2017 de la

y

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