Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de abril de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
Autorizan viaje de Alcalde a España, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 015-2017-MDW/C VISTOS: En Sesión Ordinaria del catorce de marzo del dos mil diecisiete, el Oficio Múltiple Nº 212-APCE-17, del nueve de marzo del dos mil diecisiete, el informe Nº 089-2017-OPP-MDW/C del trece de marzo del dos mil diecisiete, el Nº 094-A-2017-OAL-MDW/C; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Wanchaq es un órgano de Gobierno Local, que goza de autonomía económica, política y administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado. Esta autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con el Oficio Múltiple Nº 212-APCE-17 de fecha 09 de febrero de 2017, la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras, invita a participar de la VI Visita Técnica Internacional a Madrid ­ España, la misma que se llevará a cabo del 21 al 28 de mayo de 2017; Que, es objetivo general de la referida Visita Técnica adquirir conocimientos sobre la gestión del buen gobierno de Municipios y Regiones además de conocer las políticas públicas vinculadas al mejoramiento de la educación, gestionar emprendimientos de comercio justo; generar hermanamientos entre las ciudades españolas y las peruanas; conocer la dinámica del turismo receptivo y promocionar los atractivos turísticos de las ciudades peruanas; conocer proyectos socio deportivos que pudieran ser replicados en nuestro país y empoderar a las autoridades peruanas sobre la importancia de una visión y participación global de sus ciudades; Que, de acuerdo al informe Nº 089-2017-OPP-MDW/C, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa que en atención a lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, el Informe Legal Nº 094-A-2017-OAL-MDW/C la Oficina de Asesoría Legal, previo análisis de los antecedentes concluye opinando que es procedente autorizar por interés institucional el viaje al exterior del señor Alcalde Econ. Willy Carlos Cuzmar Del Castillo del 21 de mayo al 28 de mayo de 2017 a la ciudad de Madrid - España, a fin de que pueda participar en la VI Visita Técnica Internacional sobre la Gestión del Buen Gobierno de Municipios y Regiones, con los gastos que genere la inscripción, pasajes aéreos desde la ciudad del Cusco ida y vuelta y viáticos internacionales; para tal efecto se deberá aprobar la licencia del Señor Alcalde por el periodo referido, por tanto encargar el Despacho de Alcaldía y la Presidencia del Concejo Municipal conforme a Ley; Que, el Numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o representación de la Municipalidad realice el Alcalde, Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario, por lo que la autorización de viaje debe ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme se tiene

del Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con lo establecido por Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; y de acuerdo a lo normado por el Numeral 11º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del análisis y debate correspondiente por unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, por interés institucional, el viaje en calidad de Comisión de Servicios al Econ. Willy Carlos Cuzmar Del Castillo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, a la ciudad de Madrid - España, desde el 21 al 28 de mayo del 2017, con la finalidad de participar en la "VI Visita Técnica Internacional sobre la Gestión del Buen Gobierno de Municipios y Regiones"; con los gastos que genere la inscripción, pasajes aéreos desde la ciudad de Cusco y viáticos internacionales. Artículo Segundo.- APROBAR la Licencia a favor del Señor Alcalde, Econ. Willy Carlos Cuzmar Del Castillo, durante el periodo del 21 al 28 de mayo de 2017, a fin que pueda participar en la "VI Visita Técnica Internacional sobre el Buen Gobierno de Municipios y Regiones" que se llevará a cabo en la ciudad de Madrid - España. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, el presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano conforme lo establecido a la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo 047-2002-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía y la Presidencia del Concejo Municipal del 21 al 28 de mayo de 2017 al Teniente Alcalde Juan Amachi Cosio. Dado en la Casa Municipal de Wanchaq, a los catorce días del mes de marzo del dos mil diecisiete. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WILLY CUZMAR DEL CASTILLO Alcalde 1513940-1

CONVENIOS INTERNACIONALES

Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Enmiendas a las reglas 2 y 13, y al Suplemento del Certificado IAPP del anexo VI Convenio MARPOL)
RESOLUCIÓN MEPC.258 (67) Adoptada el 17 de octubre de 2014 ENMIENDAS AL ANEXO DEL PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978 Enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL (Enmiendas a las reglas 2 y 13 y al Suplemento del Certificado IAPP) EL COMITÉ DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO,

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