Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de agosto de 2017 /

El Peruano

protección y seguridad portuaria, gestión portuaria sostenible, turismo, hidrovías, desarrollo de políticas públicas, entre otros; Que, los gastos que ocasione el viaje al exterior de la profesional propuesta, serán con cargo al presupuesto institucional del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, Unidad Ejecutora 001: Autoridad Portuaria Nacional; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora María Cristina Escalante Melchiors, a la ciudad de Bridgetown, Barbados, Mancomunidad de Naciones del 30 de agosto al 02 de setiembre de 2017, para los fines señalados en los considerandos precedentes, conforme al itinerario señalado en las comunicaciones electrónicas del 24 de julio y del 07 de agosto de 2017; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora María Cristina Escalante Melchiors, del 30 de agosto al 02 de setiembre de 2017, a la ciudad de Bridgetown, Barbados, Mancomunidad de Naciones, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2017 del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, Unidad Ejecutora 001: Autoridad Portuaria Nacional, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ 2 409,80 Viáticos por 01 día US$ 430,00 (1 día de viático + 1 por concepto de instalación) 860,00

Otorgan renovación de permiso de operación a ABX AIR INC., para prestar servicio de transporte aéreo no regular de carga internacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 432-2017-MTC/12 Lima, 18 de julio del 2017 VISTO: La solicitud de ABX AIR INC. sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 216-2013MTC/12 del 30 de mayo de 2013, se otorgó a ABX AIR INC., Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 29 de junio de 2017; Que, con documento de Registro Nº T-099799-2017 del 19 de abril de 2017, ampliado mediante documento de Registro N° E-130975-2017 del 23 de mayo de 2017, ABX AIR INC. solicitó la renovación del referido Permiso de Operación, en los mismos términos, por el plazo de cuatro (04) años; Que, el Departamento de Transporte Aéreo de los Estados Unidos de América ha designado a ABX AIR INC. para realizar Servicios de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede la renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las condiciones que posibilitaron su otorgamiento; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, según los términos del Memorando Nº 713-2017MTC/12.LEG, Memorando N° 080-2017-MTC/12.POA, Memorando Nº 317-2017-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 096-2017-MTC/12.07.PEL e Informe N° 357-2017MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de esta Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, numeral 6.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a ABX AIR INC., de conformidad con el "Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América", suscrito el 10 de junio de 1998 y aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-98-RE del 01 de diciembre de 1998, la Renovación de Permiso de Operación por el

Nombres y Apellidos María Cristina Escalante Melchiors

TOTAL US$

3 269,80

La rendición de cuentas no debe incluir los gastos de alojamiento, los mismos que son cubiertos por los organizadores del evento. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona autorizada en el artículo 1, presenta al Titular de la Entidad un informe detallado de las acciones realizadas, de los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1555413-1

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