Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 25 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y está encargado de la regulación del comercio exterior; Que, en el marco de sus funciones, el MINCETUR ha identificado a la Mancomunidad de Australia como un socio comercial de gran importancia de la Cuenca del Asia Pacífico, con quien comparte los principios de liberalización y facilitación del comercio, representa un mercado potencial para las exportaciones peruanos, al importar productos no tradicionales; Que, en el mes de Mayo de 2017, a fin de estrechar los vínculos comerciales bilaterales, los Ministros de Comercio Exterior de Perú y Australia sostuvieron una reunión donde acordaron el inicio de las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio (TLC) de gran calidad, ambicioso y amplio, que abarque la liberalización y facilitación del comercio en bienes, servicios e inversiones; Que, en la ciudad de Lima, República del Perú, del 05 al 07 de julio de 2017 se sostuvo la Primera Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio, en la cual se logró un avance sustancial en todos los temas de negociación, lográndose el cierre de varios capítulos; Que, en dicho contexto, en la ciudad de Canberra, Mancomunidad de Australia, del 28 de agosto al 02 de setiembre de 2017, se llevará a cabo la Segunda Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio Perú Australia, donde se abordarán los siguientes temas: Compras Públicas, Inversión, Propiedad Intelectual, Reglas de Origen, Entrada Temporal de Personas de Negocios, Servicios Financieros, Medidas Disconformes, Acceso a Mercados y Defensa Comercial, las cuales se espera evaluar los avances de los grupos de negociación, explorar áreas de consenso para cada tema y definir los próximos pasos en la negociación; Que, asimismo, con el objetivo de continuar con el análisis y la discusión respecto de las opciones que permiten poner en vigor el TPP, los altos funcionarios de los países miembros del Tratado de Asociación Transpacífico (TPP) acordaron sostener una segunda reunión en la ciudad de Sídney, Mancomunidad de Australia del 28 al 30 de agosto de 2017; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de un grupo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; De conformidad con la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Sídney y Canberra, Mancomunidad de Australia, del 25 de agosto al 03 de setiembre de 2017, de los señores Gerardo Antonio Meza Grillo, John Ramiro Cusipuma Frisancho, Héctor Augusto Zevallos Urquieta y Ángela Juliana Vizcarra Pacheco, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en la Reunión de Altos Funcionarios del Tratado del Asociación Transpacífico y Segunda Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio Perú-Australia, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Canberra, Mancomunidad de Australia, del siguiente

personal del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la Segunda Ronda de Negociación de TLC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, de acuerdo al siguiente detalle:
Señores Roxana Milagros Reyna Pacheco Daisy Jennifer Olórtegui Marky Karina Nicole Tejada Castro Lucía Sabina Díaz Gárate José Luis Cano Cáceres Ángela Rossina Guerra Sifuentes Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga Fechas del viaje Del 25 de agosto al 02 de setiembre de 2017 Del 25 de agosto al 03 de setiembre de 2017 Del 27 de agosto al 02 de setiembre de 2017 Del 28 de agosto al 03 de setiembre de 2017 Del 26 de agosto al 03 de setiembre de 2017

Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Gerardo Antonio Meza Grillo, John Ramiro Cusipuma Frisancho y Héctor Augusto Zevallos Urquieta: Pasajes (US$ 3 721,50 x 3 personas) Viáticos (US$ 385,00 x 06 días x 3 personas) Ángela Juliana Vizcarra Pacheco: Pasajes Viáticos (US$ 385,00 x 07 días) Roxana Milagros Reyna Pacheco Pasajes Viáticos (US$ 385,00 x 06 días) : : US$ US$ 2 846,96 2 310,00 : : US$ US$ 4 204,94 2 695,00 : : US$ US$ 11 164,50 6 930,00

Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Karina Nicole Tejada Castro y Lucía Sabina Díaz Gárate: Pasajes (US$ 3 414,87 x 03 personas) : Viáticos (US$ 385,00 x 06 días x 03 personas) : José Luis Cano Cáceres: Pasajes Viáticos (US$ 385,00 x 04 días) Ángela Rossina Guerra Sifuentes: Pasajes Viáticos (US$ 385,00 x 03 días) Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga Pasajes Viáticos (US$ 385,00 x 05 días) : : US$ US$ 3 599,40 1 925,00 : : US$ US$ 3 542,76 1 155,00 : : US$ US$ 2 999,97 1 540,00 US$ US$ 10 244,61 6 930,00

Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante los artículos 1º y 2º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1557631-1

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