Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2017 (25/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 25 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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componentes, indicadores, medios de verificación y otros necesarios para su evaluación. Artículo 58. Procedimiento de licenciamiento del IES y la EES 58.1. La solicitud de licenciamiento del IES y la EES privados es suscrita por el representante legal. 58.2. Para el IES público, la solicitud es suscrita por el GORE en coordinación con su DRE. 58.3. Para IES y EES la solicitud de licenciamiento que se presente al Minedu debe cumplir con las condiciones básicas de calidad señaladas en el artículo 25 de la Ley, a través de la presentación de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. 58.4. El Minedu, a través del órgano competente, emite un informe técnico que sustenta si se cumplen o no las condiciones básicas de calidad a través de la evaluación de los requisitos, el cual es remitido al superior jerárquico correspondiente para la expedición de la resolución que otorga o desestima lo solicitado. 58.5. Para el caso de observaciones y su respectiva subsanación se procede conforme establece el artículo 134 del TUO. 58.6. La resolución que otorga el licenciamiento se expide cuando el IES o EES cumpla con los requisitos establecidos para este fin y con un programa de estudios como mínimo. Dicha resolución contiene la denominación autorizada en el licenciaciamiento de IES o EES, con la cual deben ofertar y/o brindar el servicio educativo. Artículo 59. Requisitos para el licenciamiento del IES y la EES 59.1. El licenciamiento del IES y la EES se solicita ante el Minedu, adjuntando en físico y formato digital, los requisitos descritos en el presente artículo, para su respectiva evaluación. 59.2. Requisitos generales para IES y EES: a. Solicitud firmada por el representante legal del IES o EES donde se consigne, entre otros, el nombre y apellidos completos; domicilio; el número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería según corresponda del representante legal del IES o EES; la denominación del IES o EES, que no debe ser igual o semejante a otra institución licenciada por el Minedu; su tipo de gestión; número de RUC; número de la partida registral del IES o EES privado, o del promotor si son la misma persona jurídica; número de partida registral de la sede principal y de sus filiales, incluyendo todos los locales donde se ofrece el servicio educativo; y número de estudiantes matriculados. b. Documento que contenga el Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Institucional (RI), Manual de Perfiles de Puestos o los que hagan sus veces, manuales de los procesos que sustenten aspectos generales de la institución de acuerdo a la oferta educativa y procesos académicos, el plan de mantenimiento de infraestructura, equipamiento y mobiliario y Planes de Gestión Institucional. c. Documentos que acrediten el perfil del puesto de director general, del personal docente y del personal de gestión administrativa, indicando número de docentes a tiempo completo, entre otros, coherentes con los programas de estudios que dicte, así como el plan de actualización docente y capacitación docente de acuerdo a los requisitos establecidos en la normativa que emite el Minedu. Es aplicable para IES y EES públicos en cuanto corresponda. d. Documento por cada programa, que contenga el análisis de pertinencia acorde a la región, respecto a las prioridades productivas, sociales, de investigación y/o de innovación del país, de oferta y demanda educativa, de demanda laboral y productiva de cada programa de estudios sustentados con información primaria y secundaria, de acuerdo a lo establecido en la norma que apruebe el Minedu. e. Manual de uso del sistema de registro de información académica, de conformidad con el artículo 39 de la Ley. f. Declaración jurada de contar con servicios básicos; internet y telefonía; disponibilidad de aulas; laboratorios; talleres; ambientes y material bibliográfico; acorde a

cada programa de estudios ofrecido y conforme con el número de estudiantes; así como de contar con servicio de bienestar estudiantil y servicio de atención básica de emergencias dentro de la institución. g. En el caso de instituciones educativas privadas declaración jurada que garantice la disponibilidad financiera y de infraestructura, indicando además que ésta no es compartida con otro nivel educativo, ambas por un periodo de cinco (5) años. En el caso de instituciones educativas públicas informe favorable del director de la DRE que contenga la misma información requerida para instituciones educativas privadas. Excepcionalmente, en el caso de las EESP, estas pueden compartir local con instituciones que desarrollen las capacidades del programa de estudios. 59.3. Para IES, además de los requisitos generales, se requiere: a. La propuesta pedagógica, la misma que, debe reflejarse en el plan de estudios del programa, el cual contiene la modalidad (presencial o semipresencial), créditos académicos, enfoques de formación y otros vinculados al régimen académico. Asimismo acreditar con documentos la disponibilidad de plataformas virtuales o entornos educativos tecnológicos, convenios y/o alianzas estratégicas para la inserción laboral y otros, para su desarrollo, según corresponda. De acuerdo a los lineamientos académicos generales que emite el Minedu. b. Documento que describa la infraestructura, ambientes, aulas y recursos para el aprendizaje para el desarrollo de la formación práctica y teórica acorde a los programas de estudios, así como la previsión económica para su mantenimiento. 59.4. Para EEST, además de los requisitos generales, se requiere: a. Adjuntar el plan de desarrollo de la Unidad de Investigación e Innovación, o el que haga sus veces. b. La propuesta pedagógica, la misma que, debe reflejarse en el plan de estudios del programa, evidenciando la especialización en una familia productiva correspondiente con un sector económico actual y/o potencial de la región o macro-región. Asimismo debe contar con líneas de investigación aplicada según su especialización y proyectos de investigación aplicada e innovación; contar con convenios y/o alianzas estratégicas para la inserción laboral y acreditar la disponibilidad de servicios complementarios para los estudiantes. Acreditar disponibilidad de docentes altamente especializados con dominio de las ciencias aplicadas, desarrollo de tecnologías y/o innovación. De acuerdo a los lineamientos académicos generales que emite el Minedu. c. Documento que describa la infraestructura, ambientes, aulas y recursos para el aprendizaje para el desarrollo de la formación práctica y teórica acorde a los programas de estudios, así como previsión económica para su mantenimiento. 59.5. Para EESP, además de los requisitos generales, se requiere: a. Adjuntar el perfil del egresado, de acuerdo con la normativa que emita el Minedu, proyecto curricular institucional, proyección de docentes a tiempo completo, mecanismo de atención y sistema de evaluación y seguimiento académico del estudiante, carta de compromiso de convenio(s) institucional(es) para prácticas pre profesionales, plan de seguimiento del egresado y plan de desarrollo del área de investigación. b. Documentos que describan la infraestructura, equipamiento y recursos para el aprendizaje, memoria descriptiva, planos de ubicación, corte y distribución, certificado de compatibilidad de uso y de parámetros urbanísticos y edificatorios, acorde con las normas vigentes de la materia. Artículo 60. Ampliación del servicio educativo para IES y EEST 60.1. Luego de obtener su licenciamiento pueden solicitar la ampliación del mismo para nuevos programas de

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