Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2017 (26/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de agosto de 2017 /

El Peruano

de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Pereira, República de Colombia, de la señorita Gisselle del Rosario Caña Mocarro, del 26 al 30 de agosto de 2017 y de los señores José Agustín Quiñones Baltodano, Juan Carlos Walter Prada Arroyo, Fausto Eduardo Díaz Pimentel y Janeth Melendez Briceño del 27 al 30 de agosto de 2017, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Gisselle del Rosario Caña Mocarro Janeth Melendez Briceño José Agustín Quiñones Baltodano Juan Carlos Walter Prada Arroyo Fausto Eduardo Díaz Pimentel Pasajes Viáticos Nro. aéreos Clase Continente día US$ días Económica US$ 414,64 450,04 450,04 450,04 450,04 América del sur 370,00 370,00 370,00 370,00 370,00 04 03 03 03 03 Total Viáticos US$ 1 480,00 1 110,00 1 110,00 1 110,00 1 110,00

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 265-2015DE/MGP, de fecha 30 de marzo de 2015, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval (primer grupo), para que participen en la Comisión de Supervisión para verificar directamente desde el inicio del proceso de construcción en el astillero, el desarrollo del diseño, construcción, instalación, integración y operatividad de los equipos y sistemas abordo, la ejecución económica; así como, las Pruebas en Fábrica y Pruebas en la Mar a la que será sometido el Buque Oceanográfico, a realizarse en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 1 de abril de 2015 al 31 de julio de 2016; la misma que fue ampliada con Resolución Ministerial Nº 761-2016-DE/MGP, de fecha 25 de julio de 2016 y Resolución Ministerial Nº 1494-2016-DE/MGP, de fecha 16 de diciembre de 2016, hasta el 13 de febrero de 2017; habiéndose considerado que los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, serían sufragados por la empresa Construcciones Navales P. Freire S.A.; Que, por otro lado mediante Resolución Suprema Nº 395-2016-DE/MGP, de fecha 21 de octubre de 2016, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval (segundo grupo), para que participen en las Comisiones de Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), en la ciudad de Vigo, Reino de España; habiéndose autorizado la variación de fecha de término hasta el 13 de febrero de 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 1366-2016-DE/ MGP, de fecha 8 de noviembre de 2016. Asimismo, se dispuso que el gasto que se origine sería cubierto con cargo a las partidas presupuestarias del Sector Defensa Marina de Guerra del Perú; Que, además con Resolución Ministerial Nº 134-2017DE/MGP, de fecha 8 de febrero de 2017, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval (tercer grupo), quienes han sido designados para que participen en la Comisión de Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), en la ciudad de Vigo, Reino de España, del 14 de febrero al 15 de marzo de 2017; así como, se autorizó su salida del país el 12 de febrero de 2017. Asimismo, se dispuso que el gasto que se origine sería cubierto con cargo a las partidas presupuestarias del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú; Que, con Memorándum Nº 162 de fecha 9 de diciembre de 2016, el Jefe de la Comisión de Supervisión y Recepción del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), recomendó la necesidad de permanencia de la referida unidad amarrada al puerto de Vigo, Reino de España, por una estancia de CINCO (5) días a partir de la fecha de recepción, con la finalidad de completar exitosamente el reabastecimiento logístico, trámites administrativos necesarios y de esta manera efectuar una navegación segura hacia el puerto del Callao; Que, mediante comunicación de fecha 15 de febrero de 2017, el Director General de la empresa Construcciones Navales P.Freire S.A., hizo de conocimiento al Jefe del Departamento de Contratos de la Dirección de Contratos de Material, que por motivos de fuerza mayor por fenómenos meteorológicos adversos de nivel alerta roja suscitados en la ciudad de Vigo, Reino de España, la fecha de entrega del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), se realizaría el 22 de marzo de 2017; Que, con Oficio P.1000-1123 de fecha 24 de abril de 2017, el Director General del Personal de la Marina, recomendó tramitar la autorización de ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval de los TRES (3) grupos antes referidos, referente a las comisiones antes señaladas; así como, autorizar la travesía de retorno del Buque Oceanográfico Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171) a territorio peruano, de acuerdo al siguiente itinerario: permanencia a bordo de la referida Unidad, en la ciudad de Vigo, Reino de España, desde el 22 de marzo de 2017, fecha en la que el Buque fue recepcionado, hasta el 27 de marzo de 2017, para el reabastecimiento logístico; y el zarpe este último día, con escala en el puerto de Cartagena de Indias, República de Colombia, tránsito en el Canal de Panamá, República de

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1558504-1

DEFENSA
Autorizan la ampliación de permanencia en el exterior de personal naval, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1180-2017-DE/MGP Jesús María, 24 de agosto de 2017 VISTA: La Carta G.500-3470 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de julio de 2017.

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