Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2017 (31/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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exterior de la señora Grisel Vanesa Monteverde Ayarza, Especialista en Publicidad, del Departamento de Estrategia Creativa y Contenidos, de la Subdirección de Mercadeo y Comunicaciones, de la Dirección de Comunicaciones e Imagen País, a la ciudad de Iquique, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Iquique, República de Chile, de la señora Grisel Vanesa Monteverde Ayarza, del 01 al 04 de setiembre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones durante el desarrollo del evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Viáticos Continente Económica día US$ US$ 380,80 América del Sur 370,00 Total Viáticos US$ 1 110,00

Nombre y apellidos Grisel Vanesa Monteverde Ayarza

Nro. días

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Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Grisel Vanesa Monteverde Ayarza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1559625-1

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 172 establece que el número de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa ejerce la rectoría del Sector Defensa en todo el territorio nacional y realiza sus funciones coordinando con los respectivos niveles de gobierno; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 574-2016 DE/SG del 27 de mayo del 2016, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2017-2021, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 599-2017 DE/ SG del 11 de mayo del 2017, se aprobó la rectificación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal del Ejército del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021, la cual se sustentó técnicamente en base a los efectivos de personal militar propuestos por el Ejército; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1155-2017 DE/ SG del 21 de agosto del 2017, se aprobó la modificación del Plan Estratégico Institucional en el Área de Personal de la Marina de Guerra del Perú, para ser aplicado hasta el año 2021, la cual se sustentó técnicamente en base a los efectivos de personal militar propuestos por la Marina de Guerra; Que, con Oficio Nº 085 A-1.a/02.00 del 20 de enero del 2017 del Ejército del Perú, las Cartas G.500 -0488 del 31 de enero del 2017 y G.500-3064 del 21 junio del 2017 de la Marina de Guerra del Perú y el Oficio S-35-SGFA-DGPE Nº 0077 del 03 de febrero del 2017 de la Fuerza Aérea del Perú, las Instituciones Armadas han cumplido con formular los respectivos Cuadros de Efectivos de personal militar para el Año Fiscal 2018, con las cantidades y especificaciones correspondientes, habiendo para tal efecto tomado como referencia los Planes Estratégicos Institucionales; por lo que, resulta necesario aprobar los mencionados Cuadros; Que el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde al Presidente de la República dictar, entre otros dispositivos, Decretos Supremos, los cuales son normas de carácter general que reglamentan normas con rango de ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa", y el Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018. Aprobar los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018, cuyas cantidades y especificaciones se detallan en el Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2018, en el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 del Ejército del Perú, en el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Marina de Guerra del Perú y en el Anexo "D" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Fuerza Aérea del Perú, los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Clasificación de los Anexos El Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Año Fiscal 2018, el Anexo "B" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 del Ejército del Perú, el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 de la Marina de Guerra del Perú y el Anexo "D" - Cuadro de

DEFENSA
Aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO Nº 006-2017 DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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