Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de diciembre de 2017 /

El Peruano

en asuntos criminológicos y penitenciarios, los cuales son designados mediante Resolución Suprema; Que, mediante Resolución Suprema N° 186-2017JUS, se aceptó la renuncia de quien se desempeñaba como Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, por lo que resulta necesario designar a quien ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento, de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Legislativo N° 654 que aprueba el Código de Ejecución Penal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Claudett Katerina Delgado Llanos, como Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1595062-4

PRODUCE
Aprueban la Transferencia de Un (1) Centro Acuícola y un (01) "Otros Activos", activos asociados a las funciones previstas en los incisos a) y f) del artículo 52 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia pesquera al Gobierno Regional de Madre de Dios
DECRETO SUPREMO Nº 020-2017-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio y que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. En ese sentido, el proceso de descentralización es realizado en forma progresiva y ordenada por etapas, de acuerdo a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que las transferencias de funciones hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes, precisando que las transferencias de recursos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, en concordancia con los incisos a) y f) del artículo 52 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, corresponde a los Gobiernos Regionales, en materia pesquera, la función específica de formular,

aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región, así como promover, controlar y administrar el uso de los servicios de infraestructura de desembarque y procesamiento pesquero de su competencia, en armonía con las políticas y normas del sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2006-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 213-2006-PRODUCE y Decreto Supremo N° 173-2008EF, se declara que el Gobierno Regional de Madre de Dios, entre otros, ha concluido el proceso de transferencia de determinadas funciones sectoriales en materia de pesquería e industria, entre ellas las referidas en los incisos a) y f) del artículo 52 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2010-PCM-SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2010-PCM/SD "Directiva para la Transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales, comprendidos en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2006 al 2009", que contiene disposiciones para la transferencia de determinados Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas, entre los cuales se encuentran el Centro Acuícola "La Cachuela" para su transferencia al Gobierno Regional de Madre de Dios; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 011-2008-PCM-SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros estableció procedimientos para la transferencia de determinada infraestructura pesquera artesanal y acuícola, del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Centro Acuícola "La Cachuela" para su transferencia al Gobierno Regional de Madre de Dios; Que, mediante el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 115-2010-PCM, se establecieron determinadas disposiciones con relación a la infraestructura denominada "Frigorífico Pesquero Puerto Maldonado", para su transferencia al Gobierno Regional de Madre de Dios; precisando que esta infraestructura no es un Módulo de Comercialización y que en dichas instalaciones viene funcionando las oficinas de la Dirección Regional de Producción, motivo por el cual será transferido como "otros activos", asociados a las funciones específicas establecidas en el artículo 52 de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Informe Nº 00003-2017-PRODUCE/ OAIPCS-jyrupailla, de la Oficina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Conflictos Sociales del Ministerio de la Producción, se ha sustentado técnicamente el cumplimiento de los procedimientos de transferencia de un (01) Centro Acuícola y un (01) Frigorífico Pesquero Puerto Maldonado denominado como "Otros Activos", referido precedentemente; quedando pendiente la expedición del correspondiente Decreto Supremo de aprobación para efectivizar de dichas transferencias; Que, los Presidentes de las Comisiones de Transferencia del Sector Producción y del Gobierno Regional de Madre de Dios, han suscrito el Informe Final y las respectivas Actas Sustentatorias. Asimismo, el Ministro de la Producción y el Gobernador Regional de Madre de Dios, en su calidad de titulares de los pliegos respectivos, han suscrito las correspondientes Actas de Entrega y Recepción de Transferencia de Activos y Recursos, habiéndose cumplido con el proceso de Efectivización como última etapa del proceso de transferencia de la infraestructura mencionada en los considerandos precedentes, así como de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario respectivo, que se encuentran directamente vinculados con ellos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, se establecen las medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010, señalando que aquellas transferencias que se encuentren pendientes continuarán

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