Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2017 (07/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de diciembre de 2017 /

El Peruano

18,37 MW, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Directoral Regional N° 66-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 11 de julio de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca aprueba la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Parque Eólico Huambos, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Directoral Regional N° 124-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 21 de setiembre de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca otorga la conformidad al Informe Técnico Sustentatorio del proyecto "Parque Eólico Huambos"; Que, mediante Oficio N° 1940-2017-MEM/DGE-DCE, notificado el 9 de octubre de 2017, la Dirección General de Electricidad verifica que existe una superposición entre el área de concesión definitiva solicitada para el proyecto Central Eólica Parque Eólico Huambos con parte del área de la concesión solicitada para el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, presentada por GR TARUCA S.A.C.; Que, sin embargo, mediante Carta N° RG-091-2017 con Registro N° 2757554, de fecha 7 de noviembre de 2017, GR PAINO S.A.C. remite el "Convenio de acceso y entrega en uso de terrenos para la ejecución conjunta de obras y operación de parque eólico", suscrito el 6 de julio de 2017 entre GR PAINO S.A.C. y GR TARUCA S.A.C., donde se señala en la cláusula 3.4 que "ambas partes declaran conocer que existe compatibilidad técnica, física y legal entre los dos (2) proyectos Parque Eólico Duna y Parque Eólico Huambos, por lo que la superposición entre las áreas de concesión definitiva solicitadas no afectará en ningún aspecto la ejecución y operación de dichos proyectos, ni los derechos y obligaciones que se obtengan mediante la concesión definitiva que otorga el Ministerio de Energía y Minas al amparo del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM". En el referido convenio se detallan también las coordenadas UTM (WGS 84) del área de superposición, así como los componentes de los proyectos que se encuentran en dicha área. Por lo tanto, teniendo en cuenta que existe un acuerdo entre las partes respecto de la superposición entre las áreas de concesiones solicitadas para sus proyectos Central Eólica Parque Eólico Duna y Central Eólica Parque Eólico Huambos, se considera que dicha superposición no constituye impedimento para el otorgamiento de la concesión definitiva solicitada por GR PAINO S.A.C.; Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Huambos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de GR PAINO S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Huambos, con una potencia instalada de 18,37 MW, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 5122017 a suscribirse entre GR PAINO S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en

representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 512-2017 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 512-2017, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de GR PAINO S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento citado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1594090-1

Otorgan a GR TARUCA S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2017-MEM/DM Lima, 1 de diciebre de 2017 VISTOS: El Expediente N° 17380817 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, presentada por GR TARUCA S.A.C.; y, los Informes N° 624-2017-MEM/DGE-DCE y N° 502-2017-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, GR TARUCA S.A.C. y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, suscriben el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante, el Contrato de Suministro RER), cuya fecha de cierre se realiza el 17 de mayo de 2016, mediante el cual GR TARUCA S.A.C. se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos para construir, operar y mantener la Central Eólica Parque Eólico Duna; Que, mediante Carta N° RG-057-2017 con Registro N° 2725682, de fecha 19 de julio de 2017, GR TARUCA S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, con una potencia instalada de 18,37 MW, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Directoral Regional N° 67-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 11 de julio de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca aprueba la Declaración de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Parque Eólico Duna, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Directoral Regional N° 125-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 25 de setiembre de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca otorga la conformidad al Informe Técnico Sustentatorio del proyecto "Parque Eólico Duna"; Que, mediante Oficio N° 1939-2017-MEM/DGE-DCE, notificado el 9 de octubre de 2017, la Dirección General de Electricidad verifica que existe una superposición entre el área de concesión definitiva solicitada para el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna con parte del área de la

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