Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de diciembre de 2017 /

El Peruano

SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA ­ I.T.V. NORWICH S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1597274-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a favor de la SBS, para la ejecución de actividad en el marco del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 147-2017-DV-PE Lima, 15 de diciembre de 2017 VISTO: El Memorando Nº 0266-2017-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", remite el Anexo Nº 01 que detalla la actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferidos; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe Nº0133-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la actividad que será financiada con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva de Control de Oferta de Drogas en el Perú", en el año 2017, DEVIDA suscribió la Primera Adenda al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para la ejecución de la Actividad: "Elaboración de estudios relacionados al control de la oferta de drogas" por la suma de S/ 214,500.00 (Doscientos catorce mil quinientos y 00/100 soles), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 01678; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que este documento forma parte del "Informe Previo Favorable", tal como se señala en el Informe Nº 036-2017-DV-OPPUPTO; adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad al Plan Operativo de dicha actividad; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva de Control de Oferta de Drogas en el Perú" y los responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014PCM. SE RESUELVE:

Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de S/ 214,500.00 (Doscientos catorce mil quinientos y 00/100 soles), para financiar la citada actividad, en favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la actividad descrita en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales le son entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva de Control de Oferta de Drogas en el Perú", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable

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