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84 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2017 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y modi fi catorias, establecen las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fi jando plazos máximos para la aprobación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias respectivos; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 204- 2004-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Ancash; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009- MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como el sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 150-2010- MTC/03, se modi fi có la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF atribuyendo para televisión digital terrestre las bandas 470 - 608 MHz y 614 - 698 MHz; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 235-2016- MTC/01.03, se modi fi có la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF estableciéndose que las bandas 470 - 608 MHz y 614 - 698 MHz se encuentran atribuidas para el servicio de radiodifusión por televisión que utiliza la tecnología digital y que las frecuencias previamente asignadas en las bandas 470 - 608 MHz y 614 - 692 MHz podrán continuar siendo utilizadas para la transmisión de señales analógicas; asimismo, la banda 692 - 698 MHz se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2961-2017-MTC/28 ampliado con Informe Nº 4228-2017-MTC/28, propone la incorporación de las localidades de ACZO – ANRA – CHINGAS – LLAMELLIN – PAUCAS – SAN JUAN DE RONTOY – UCO, BAMBAS – CORONGO – LA PAMPA – YANAC - YUPAN, BOLOGNESI – CABANA - HUANDOVAL - LLAPO – SANTA ROSA – TAUCA, CASHAPAMPA – CHULLIN – HUAYLLABAMBA – RAGASH – SIHUAS – UMBE, CHAVIN DE HUANTAR – HUANTAR – SAN MARCOS, HUAYLAS – SANTO TORIBIO, JIMBE – MORO – NEPEÑA y PAMPAROMAS, incluyendo los canales para la televisión digital terrestre, a los planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en UHF del departamento de Ancash; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 204-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para diversas localidades del departamento de Ancash, a fi n de incorporar los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión Digital Terrestre en UHF de las localidades de ACZO – ANRA – CHINGAS – LLAMELLIN – PAUCAS – SAN JUAN DE RONTOY – UCO, BAMBAS – CORONGO – LA PAMPA – YANAC - YUPAN, BOLOGNESI – CABANA - HUANDOVAL - LLAPO – SANTA ROSA – TAUCA, CASHAPAMPA – CHULLIN – HUAYLLABAMBA – RAGASH – SIHUAS – UMBE, CHAVIN DE HUANTAR – HUANTAR – SAN MARCOS, HUAYLAS – SANTO TORIBIO, JIMBE – MORO – NEPEÑA y PAMPAROMAS; conforme se indica a continuación: Localidad: ACZO – ANRA – CHINGAS – LLAMELLIN – PAUCAS - SAN JUAN DE RONTOY - UCO Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec.Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 19 500 506 503+1/7 21 512 518 515+1/7 23 524 530 527+1/7 25 536 542 539+1/7 27 548 554 551+1/7 29 560 566 563+1/7 31 572 578 575+1/7 33 584 590 587+1/7 35 596 602 599+1/7 - Total de canales: 11 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.5 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Crítica Localidad: BAMBAS – CORONGO - LA PAMPA – YANAC - YUPAN Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec.Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 16 482 488 485+1/7 20 506 512 509+1/7 24 530 536 533+1/7 28 554 560 557+1/7 32 578 584 581+1/7 34 590 596 593+1/7 41 632 638 635+1/7 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.5 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Crítica Localidad: BOLOGNESI – CABANA – HUANDOVAL – LLAPO - SANTA ROSA - TAUCA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7