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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (16/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2017 El Peruano / del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva ANEXO Nº 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL “GESTION INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERU” Nº ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADTOTAL POR TRANSFERIR S/. 1 Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS)“Elaboración de estudios relacionados al control de la oferta de drogas214,500.00 TOTAL 214,500.00 1598040-1 Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras para financiar proyectos y actividades en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 148-2017-DV-PE Lima, 15 de diciembre de 2017VISTO:El Memorándum Nº 0265-2017-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, remite el Anexo Nº 01 que detalla los proyectos, Actividades, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas - PTCD”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD”, precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano;Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe Nº 0151-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán fi nanciados con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2017, DEVIDA suscribió Adendas y Convenios, con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos y actividades hasta por la suma de TRECE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 13 639,478.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencias fi nancieras; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal Nº 01794, 01795, 01796, 01797, 01798, 01799, 01800, 01801, 01802, 01803, 01805, 01806, 01807, 01808, 01809, 01810, 01811 y 01812; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable - Informe Nº 040-2017-DV-OPP-UPTO , adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de los proyectos y actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS” y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de TRECE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 13 639,478.00), para fi nanciar los citados proyectos y actividades, a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo. - DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de los proyectos y las actividades descritas en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las