Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 22 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Designan Jefe de Oficina de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Hospital de Emergencias Villa El Salvador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1133-2017/MINSA Lima, 21 de diciembre del 2017 Visto, el expediente Nº 17-123039-001, que contiene el Oficio Nº 1131-2017-DE-HEVES, emitido por el Director de Hospital II (e) del Hospital de Emergencias Villa El Salvador del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:

Aprueban Directiva Administrativa "Lineamientos para la implementación de la gestión por procesos y procedimientos en el Ministerio de Salud"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1134-2017/MINSA Lima, 21 de diciembre del 2017 Visto, los Expedientes N°s. 17-055752-001 y 17-055752-003, que contienen el Informe N° 140-2017-OGPPM-OOM/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 6052017/MINSA, de fecha 26 de julio de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital de Emergencias Villa El Salvador del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Jefe de Oficina (CAP ­ P Nº 0091) de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, se encuentra calificado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con la Resolución Ministerial Nº 779-2017/ MINSA, de fecha 6 de setiembre de 2017, se encargó al abogado Silvio César Donayre Campos, las funciones de Jefe de Oficina de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Hospital de Emergencias Villa El Salvador; Que, con el documento de Visto, el Director de Hospital II (e) del Hospital de Emergencias Villa El Salvador solicita designar al licenciado en relaciones industriales Edmundo Luis San Martín Barrientos en el cargo de Jefe de Oficina de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del citado Hospital; Que, a través del Informe Nº 1267-2017-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable en relación a lo solicitado por el citado Director de Hospital II (e); señalando que previamente corresponde dar por concluido el encargo efectuado mediante la Resolución Ministerial Nº 779-2017/MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento y en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y, en el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo efectuado al abogado Silvio César Donayre Campos, mediante la Resolución Ministerial Nº 779-2017/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al licenciado en relaciones industriales Edmundo Luis San Martín Barrientos, en el cargo de Jefe de Oficina (CAP ­ P Nº 0091), de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Hospital de Emergencias Villa El Salvador del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1600031-3

Que, de acuerdo a la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo, entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana, y que sea transparente en su gestión; Que, el numeral 3.2 del Anexo del Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, establece los "Pilares Centrales de la Política de Modernización de la gestión pública", siendo la gestión por procesos y la organización institucional uno de ellos, el cual debe implementarse paulatinamente en todas las entidades a fin de brindar a los ciudadanos servicios de manera más eficiente y lograr resultados que los beneficien. Para ello deberán priorizar aquellos de sus procesos que sean más relevantes de acuerdo a la demanda ciudadana, a su Plan Estratégico, a sus competencias y los componentes de los programas presupuestales que tuvieran a su cargo, para luego poder organizarse en función a dichos procesos; Que la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone en su Tercera Disposición Complementaria Transitoria que las entidades para el proceso de transición al régimen del Servicio Civil deben, entre otros, realizar un análisis de los principales servicios a prestar; en concordancia asimismo con lo establecido en el "Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley 30057", aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 034-2017-SERVIR/PE; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2017-SERVIR-PE se dispone formalizar la aprobación de la Directiva N° 002-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la Elaboración del Mapeo de procesos y el Plan de Mejoras de las Entidades Públicas en Proceso de Tránsito"; la misma que contempla actividades referidas al mapeo de procesos de la entidad; Que, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatoria, corresponde a la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, dirigir, coordinar y ejecutar los procesos técnicos referidos al Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio de Salud; formular e implementar normas, lineamientos, planes, estrategias, programas y proyectos destinados a desarrollar el proceso de modernización, gestión por procesos, gestión de la calidad, simplificación administrativa, mejora continua, diseño organizacional y otros del marco de su competencia en el Ministerio de Salud; así como realizar su seguimiento y monitoreo, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 8052014/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa N° 203-MINSA/OGPP-V.01 "Lineamientos para la implementación de la gestión por procesos en el Ministerio de Salud", así como la Guía Técnica de la Fase 1:

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