Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 268

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

a su resolución y ampliaciones de plazo contractual, según corresponda. p) Aprobar las modificaciones convencionales al contrato, siempre que deriven de hechos sobrevinientes a su perfeccionamiento y no sean imputables a las partes, en los casos que ellas no impliquen la variación del precio, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. q) Suscribir las pólizas de seguros y endosos derivados de contratos de seguros suscritos por DEVIDA. 2.2 En materia de Gestión Administrativa: Efectuar el reconocimiento de deudas y disponer el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores; emitiendo, para ello, las correspondientes Resoluciones, conforme a la normatividad de la materia; y, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. Artículo 3º.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades: 3.1 En materia de contrataciones del Estado Suscribir y resolver las órdenes de compra, las órdenes de servicio y/o contratos de las contrataciones de bienes y servicios, por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de su transacción, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. 3.2 En materia de gestión administrativa a) Suscribir, modificar y resolver contratos de locación de servicios y adendas para la contratación de personas naturales para la prestación de servicios de carácter determinado y temporal de manera general, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. b) Suscribir, modificar y resolver contratos de locación de servicios suscritos en el marco de la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto Público para el año 2018. Artículo 4º.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades: 4.1 En materia de Recursos Humanos a) Suscribir los contratos y sus adendas, así como comunicar la no prorroga o la no renovación, en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. b) La suscripción de convenios y adendas derivados de la Ley 28158, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, su Reglamento; y modificatorias. Artículo 5º.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, la siguiente facultad: 5.1 En materia Presupuestaria:

Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, durante el Ejercicio Presupuestario 2018, en caso de ausencia del/la Secretario/a General, por periodos menores a siete (7) días. Artículo 6º.- DELEGAR en el/la Director/a de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades: 6.1 En materia de Recursos Humanos: Autorizar y resolver acciones de personal, respecto al encargo de funciones, designación temporal de función o puesto, de los servidores de la Oficinas Zonales adscritos al régimen laboral de los Decretos Legislativos Nº 728 y Nº 1057 o Ley Nº 30057, en los casos de ausencia del/la titular del cargo, por periodos menores de siete (7) días calendario consecutivos cada vez. 6.2. En materia de contrataciones del Estado: Autorizar la contratación de personas naturales para la prestación de servicios de carácter determinado y temporal de manera general; y servicios cuyo valor sea igual o inferior a 8 UIT en el ámbito de las Oficinas Zonales. 6.3. En materia de gestión administrativa Autorizar la contratación de servicios en el marco de la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley 30693 Ley de Presupuesto Público para el año 2018. Artículo 7º.- DELEGAR en los Jefes de las Oficinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, en cuyos ámbitos se ejecuta el Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, la siguiente facultad: 7.1. En materia de suscripción de Actas de Entendimiento y Adendas Suscribir, en representación de DEVIDA, las Actas de Entendimiento y Adendas con las comunidades y caseríos que se acojan a los programas de post erradicación, en el marco de la Directiva General Nº 012-2017-DV-SG "Lineamientos para la Implementación de la Fase de Socialización y Negociación Comunal para la Incorporación de Nuevos Caseríos durante la Etapa de Post Erradicación", aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 135-2017-DV-SG; quedando autorizados de manera previa y expresa, a través de la presente Resolución . Artículo 8º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la página Web de la Entidad. Artículo 9º.- DISPONER que la vigencia de la presente resolución tendrá vigencia desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre del año 2018, salvo las delegaciones en materia presupuestal que tendrán vigencia hasta la finalización del Ejercicio Presupuestario del Año Fiscal 2018. Artículo 10º.- PRECISAR que los actos emitidos al amparo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 004-2017-DV-PE y las modificaciones realizadas por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 097-2017-DVPE, durante su periodo de vigencia, en lo que resulte aplicable, mantienen sus efectos. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a propuesta de la Unidad de Presupuesto, de acuerdo con el artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por

CARMEN MASIAS CLAUX Presidenta Ejecutiva 1602242-1

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