Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

de los recursos contenidos en ellos. Vector: Cualquier material u organismo que pueda servir como vehículo transmisor de enfermedades a humanos o animales. Artículo. 6º.- OTRAS DEFINICIONES Se consideran materiales y residuos procedentes de limpieza o barrido de aceras: aquellos que se obtengan con motivo de la actividad de limpieza de las mismas, no considerando ripios ni tierra, efectuado por los particulares o realizado de oficio por la Municipalidad, con arreglo a lo establecido en la presente Ordenanza. Para fines de la presente Ordenanza, se consideran como desechos especiales, aquellos que por sus características de volumetría y composición no pueden ser considerados como municipales, pero que no representan peligro en su manejo; se consideraran como desechos especiales: a) Ripio y desechos provenientes de la construcción. b) Muebles y electrodomésticos de gran tamaño. c) Desechos de poda de árboles d) Desechos y cenizas industriales de fábricas y talleres. e) Animales domésticos muertos, tales como perros, gatos y aves. f) Otros desechos similares, siempre que no puedan ser catalogados como peligrosos. CAPITULO III DE LA RECOLECCIÓN Artículo 7º.- DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN a. Servicio de Barrido El servicio de limpieza de las vías comprende, el barrido y recojo manual de los residuos sólidos que se encuentran en las calles, avenidas, bermas, plazas y plazuelas se encuentran bajo responsabilidad de la Municipalidad distrital de Sayán, el servicio se realiza en un solo turno de ocho horas diarias de trabajo y en seis días a la semana. Los implementos utilizados para este servicio son: Tachos móviles, Tricibol, Recogedores, Escobas, Lampas y otras. b. Servicio de Recolección El servicio de recolección y transporte de los residuos sólidos se realiza empleando camiones compactadores de basura, cargador frontal, volquetes, Tachos móviles, tricibol, carretillas, etc., cuya responsabilidad es netamente municipal. Las rutas están establecidas, cuyas frecuencias y horarios son: SAYÁN Días Horario ANDAHUASI Días Horario : : Martes, Jueves y Sábado 4:00 p.m. a 00:00 horas : : Lunes, miércoles y Viernes 4:00 p.m. a 00:00 horas

CAPITULO IV DE LA COMPETENCIA MUNICIPAL Artículo 9º.- Es competencia de esta Municipalidad a. Prestar el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos municipales b. Estimular a los vecinos del distrito, para que realicen el mantenimiento y baldeado de las veredas. c. Realizar la limpieza de parques, plazas, mercados, zonas verdes. CAPITULO V DEL ASEO DE LAS VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES Artículo 10º.- Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de mantener permanentemente aseada la acera en todo el frente del inmueble que ocupa, ya sea como propietario, arrendatario o poseedor por cualquier título, barriéndolas diariamente, manteniéndolas así mismo libres de escombros, malezas y obstáculos que impidan el libre tránsito peatonal. Artículo 11º.- El barrido de las aceras se hará en el sentido de afuera hacia adentro del inmueble y no hacia el exterior, recogiéndose el producto que deberá depositarse con la basura domiciliar. Artículo 12º.- Se prohíbe botar a las calles, aceras, lotes baldíos, acequias, cauces de ríos, quebradas o canales, playas de ríos, plazas, parques, y demás lugares públicos, residuos sólidos de cualquier tipo, esta violación es considerada falta grave. Artículo 13º.- Las personas que ordenen o hagan cargar o descargar cualquier clase de mercaderías o materiales, deberán hacer barrer y retirar los residuos que hayan quedado en la vía publica. Si se desconociere la persona que dio la orden, se hará responsable al conductor o el propietario del vehículo y a falta de estos, lo será el ocupante de la propiedad donde se haya efectuado la carga o descarga. Artículo 14º.- El depósito de materiales de construcci6n en las aceras correspondientes para obras que se ejecuten con la licencia respectiva: a) Podrá hacerse hasta por 01 día, sin permiso de la Municipalidad, necesitándose una autorizaci6n para un término mayor en cuyo caso no podrá exceder de 15 días, vencido el plazo, deberá dejarse completamente limpio el espacio ocupado. Esta autorización no podrá concederse y se prohíbe su depósito cuando dichos materiales son de tipo peligroso y atenten la seguridad de los peatones. b) En caso de demolición de edificaciones, pública o privada se tendrá en cuenta la seguridad de los peatones; la limpieza del ripio estará a cargo del propietario del inmueble, en caso de no hacerse en el plazo establecido esta falta será considerada grave. Artículo 15º.- Los vendedores de frutas y otras especies similares situados en lugares públicos, deberán tener constantemente limpio todo el espacio que ocupan y sus alrededores; el depósito de la basura o de cualquier otro desecho proveniente de su actividad, deberá hacerse en bolsas plásticas que reúnan los requisitos indicados en la presente Ordenanza. Esta obligación deberá ser atendida, además por aquellas personas que se dediquen a la venta de alimentos, golosinas y otros artículos o mercaderías, su incumplimiento se considera una falta leve. Artículo 16º.- Se prohíbe lavar ropa y derramar aguas sucias de cualquier naturaleza en las aceras y calles de Urbanizaciones, Asociaciones de Vivienda, Asentamiento Humanos, Pueblos Jóvenes y Comunidades. Esta infracción se considera leve. Artículo 17º.- Los vehículos que transportan residuos sólidos, arena, ripio, tierra u otros materiales o mercaderías, ya sean sólidos o líquidos que puedan escurrir o caer a la vía pública, estarán construidos o llevaran dispositivos necesarios de forma que ello no ocurra, pero si por causa alguna se produjera el escurrimiento o caída de lo transportado, deberá el conductor o propietario

IRRIGACIÓN SANTA ROSA Días Horario : : Martes, Jueves y Sábado 6:00 a.m. a 2:00 p.m

VALLE HUAURA SAYÁN Días Horario : : Viernes 6:00 am a 2:00 p.m.

Artículo 8º.- CONCEPTO DE BASURA, DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DOMÉSTICOS Se consideran basura, desechos y residuos sólidos domésticos a los producidos por actividades y situaciones domiciliarias, comerciales y de servicios, sanitarias, de limpieza urbana, industriales, abandono de animales muertos, muebles, enseres, vehículos y, en general, todos aquellos cuyo recojo, transporte y almacenamiento o eliminación corresponde a la Municipalidad Distrital de Sayán.

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