Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2017 (05/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 5 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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cuyo último tramo establece como fecha de culminación el 30 de diciembre del 2016, determinándose para cada caso un porcentaje de descuento en función al concepto de deuda a regularizar; Que, la Tercera Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación y/o ampliación de su vigencia; Que, existe un incremento del número de contribuyentes con la intención de regularizar sus deudas por lo que resulta necesario ampliar los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal Nº 032-2016 hasta el 31 de enero del 2017; Estando a lo expuesto y con el visto bueno de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Ampliar hasta el 31 de enero del 2017 la vigencia de los beneficios otorgados para el pago de deudas tributarias y no tributarias aprobada por Ordenanza Municipal N° 032-2016, considerándose los mismos porcentajes de descuentos establecidos. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Registrese, comuniquese y cumplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1469800-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 033-2016 Mediante Oficio Nº 01-2017-MPC/SG la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 033-2016, publicada en la edición del 23 de diciembre de 2016. DICE: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ASIGNA LA ZONIFICACIÓN OTROS USOS (OU) A UN PREDIO UBICADO EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS ELMER FAUCETT Y MORALES DUÁREZ Artículo 1.- Apruébase la asignación de zonificación Otros Usos (OU) al predio de 9,435.72 m2. ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez en el Cercado Callao, en la margen izquierda del Rio Rímac, conforme al plano denominado "Asignación de Zonificación Hospital San José", que forma parte integrante de la presente Ordenanza. (...) DEBE DECIR: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ASIGNA LA ZONIFICACIÓN ZONA CON USOS ESPECIALES (OU) AL PREDIO UBICADO EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS ELMER FAUCETT Y MORALES DUÁREZ Artículo 1.- Apruébase la asignación de zonificación Zona con Usos Especiales (OU) al predio de 9,435.72 m2. ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez en el Cercado Callao, en la margen izquierda del Rio Rímac, conforme al plano denominado "Asignación de Zonificación Hospital San José", que forma parte integrante de la presente Ordenanza. (...) 1469801-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Establecen montos por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2017
ORDENANZA Nº 017-2016-MDLP/AL La Punta, 30 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta, en Sesión Ordinaria N° 025-2016 de fecha 27 de diciembre de 2016, con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia de Rentas y Policía Municipal, a través del Informe Nº 110 y 109-2016/MDLP/GRYPM, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política, las Municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este precepto constitucional, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal ­ Decreto Legislativo Nº 776, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio; En tal sentido, con Informe Nº 110 y 109-2016-MDLP/ GRYPM, la Gerencia de Rentas y Policía Municipal indica que resulta necesario establecer los montos que deben cancelar los contribuyentes por los servicios mencionados, en relación al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2017, conforme a la norma legal descrita. Sustenta los montos propuestos, en base a aquellos que fueran aprobados para el ejercicio 2014, en la Ordenanza Nº 007-2013-MDLP/ALC (publicada el 13 de diciembre de 2013). De esta manera, plantea mantener para el año 2017 los montos del año citado. Por otro lado, tomando en consideración la UIT vigente a la fecha, los importes propuestos son inferiores al límite indicado en la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal ­ Decreto Legislativo Nº 776. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR CONCEPTO DE EMISION, DETERMINACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017 Artículo 1º.- Establecer que por concepto de emisión, determinación, distribución y liquidación del Impuesto

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