Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2017 (06/01/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Viernes 6 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

115

los programas de atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores sociales". Que, en la presentación y consulta distrital han participado diversas personalidades notables de cada localidad, por lo mismo es necesario reconocer la participación de la Sociedad Civil de Educación Superior, autoridades educativas y autoridades del Gobierno, tales como: Gerencia Regional de Desarrollo Social, Unidades de Gestión Educativa Local, Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Instituciones de Educación Superior No Universitaria, Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú ­ Consejo Regional de Pasco, Colegios, profesionales, iglesias Católica, Colegios profesionales, ONG, Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza La Libertad, Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, Dirección de Trabajo, Dirección de Salud, MINDES, Gobiernos Locales, Instituto Peruano del Deporte (IPD Pasco), Policía Nacional del Perú (PNP) e Instituciones de Desarrollo Social. Que, en mérito al Art. 47° literales a) y b) de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional tiene competencia de formular, aprobar, ejecutar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; asimismo, diseña, ejecuta y evalúa el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo del deporte y recreación de la región. Que, de conformidad del Art. 4° del D.S. 011-2012ED, se establece: "El Proyecto Educativo Nacional es el marco estratégico para la formulación de las políticas, los planes, programas y proyectos educativos nacionales, regionales y locales, así como de los proyectos y planes de instituciones educativas, los cuales se diseñan y articulan para aportar al logro efectivo de sus objetivos estratégicos y resultados poniendo en práctica las políticas planteadas en cada realidad". En concordancia del Art. 151° se configura que "el Proyecto Educativo Regional es el principal instrumento de gestión educativa regional. Se elabora en el marco del Proyecto Educativo Nacional y del Plan de Desarrollo Concertado Regional, con la participación democrática de la Sociedad Organizada". Que, en mérito del Art. 152° de la acotada norma, determina a la Dirección Regional de Educación "que es responsable de la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional, con la participación de los integrantes del Consejo Participativo Regional de Educación". Que, con Resolución Directoral Regional N° 0964-2015-DRE-PASCO de fecha 01 de junio 2015, se Aprueba, el Plan Específico para Actualización del Proyecto Educativo Regional de Pasco 2010-2021, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0255-2010-GR-PASCO/CR, de fecha 25 de noviembre de 2010, presentado por el Director de Gestión Pedagógica de esta Sede Educativa Regional, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante Resolución Directoral Regional N° 1281-2015 de fecha 09 de julio de 2015, se Resuelve Aprobar la Conformación del Comité Directivo del Consejo Participativo Regional de Educación COPARE ­ Pasco periodo 2015--016 en el marco de la Descentralización Educativa. Que, la Dirección Regional de Educación Pasco, ha presentado la Exposición de Motivos del Proceso de Actualización del Proyecto Educativo Regional Pasco 2016 ­ 2021, que aspira a ser un llamamiento al diálogo y al consenso. En el Proceso de su construcción se han identificado valiosos aportes que nos insisten y demandan un Proyecto que inspire una visión humanista de la educación y el desarrollo, basados en el respeto por la vida y la dignidad humanas, la igualdad de derechos, la justicia social, la diversidad cultural, la solidaridad inter comunal y mundial y la responsabilidad común por un futuro sostenible; Que, en aplicación del literal a) del Art. 15° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional, Aprobar Modificar o Derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y

funciones del Gobierno Regional; concordante con el Art. 38° de la mencionada Ley; establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y Reglamentan materias de su competencia; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL 2016 - 2021, de la Dirección Regional de Educación Pasco, que tiene como objetivo los valiosos aportes que inspire una visión humanista de la educación y el desarrollo, basados en el respeto por la vida y la dignidad humana, la igualdad de derechos, la justicia social, la diversidad cultural, la solidaridad inter comunal y mundial, la responsabilidad común por un futuro sostenible. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, y las Instituciones Educativas de todos los niveles, planificarán, elaborarán y ejecutarán sus acciones, planes y demás proyectos en el marco del Proyecto Educativo Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Pasco, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y el portal electrónico del Gobierno Regional de Pasco, para el conocimiento de toda la Región. Comuníquese al Gobernador Regional Pasco, para su promulgación. En la sede del Gobierno Regional de Pasco, a los seis días del mes de julio de dos mil dieciséis. JANIOS HÉCTOR GORA MEDRANO Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, del día TEODULO V. QUISPE HUERTAS Gobernador Regional 1470624-1

Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 403-2016-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 9 de diciembre del 2016 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado en el día 06 de diciembre de dos mil dieciséis, el Pleno del Consejo por unanimidad han aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El DICTAMEN N° 014-2016-G.R.P-CR/ CPPAT de fecha 02 de diciembre del 2016, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, aprobado por unanimidad para su debate en el pleno del Consejo Regional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.